SALTA, 26/02/10
Expediente Nº 17.068/06.-
RESOLUCIÓN CS Nº 043/10.-
VISTO las
presentes actuaciones relacionadas con el Proyecto “Red de Contención
Sociofamiliar para niños adolecentes y jóvenes en situación de riesgo”
realizado en el marco del Programa Nacional de Voluntariado Universitario, y
CONSIDERANDO:
Que la responsable del Proyecto, Prof. Flor de María del Valle RIONDA,
informa que en el marco del mismo se adquirieron los siguientes bienes: una
Cámara Digital marca CANON, una Filmadora marca SONY y un MP3 marca NOGa, los
cuales solicita sean transferidos sin cargo a la Fundación PAPIS – Programa de
Asistencia para una Infancia Segura, a través de la cual se llevó a cabo dicho
Proyecto.
Que, a fs. 457, obra intervención de la Dirección de Patrimonio donde
informa sobre el procedimiento a seguir para concretar dicha transferencia.
Que, a fs. 458, Asesoría Jurídica de esta Universidad,
mediante dictamen Nº 11.458, informa que no tiene objeción legal que formular
al respecto.
Que asimismo, a fs. 459, obra informe de la Unidad de
Auditoría Interna en igual sentido.
Que los
mencionados bienes encuentran su mejor uso en la aplicación para la cual fue
adquirido, no siendo de utilidad para la Universidad, razón por la cual
corresponde declararlos en condición de desuso para esta Universidad.
Que la resolución Nº 273 de la S.P.U., en su art. 24
establece: “Los bienes de uso adquiridos con el subsidio del programa para
la realización del proyecto pasan a ser parte del patrimonio de la Universidad
que lo haya presentado, una vez finalizado el tiempo de ejecución, según la Ley
de educación Superior y sus respectivas normas reglamentarias.”
Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y lo aconsejado por la
Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº
268/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
Cuarto Intermedio de la 1º Sesión Ordinaria del 25 de febrero de
2010)
R E S U
E L V E:
ARTICULO 1º.- Establecer la condición de desuso y dar de baja del
patrimonio de la Universidad, los bienes detallados a fs. 457 de las actuaciones de
referencia.
ARTICULO 2º.- Transferir sin cargo bienes detallados a fs. 457 de las
actuaciones de referencia, a favor de la Fundación PAPIS – Programa de Asistencia para
una Infancia Segura.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con
copia a: Sra. Rectora, Fundación PAPIS, Prof. Rionda, Secretaría
Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Patrimonio,
Dirección de Presupuesto, Coordinación Legal y Técnica, U.A.I. y Asesoría
Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Patrimonio para su toma de razón y
demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS
ALBERTO CADENA