Expediente Nº 12.188/02.-
RESOLUCIÓN CS Nº 666/09.-
VISTO estas actuaciones por las cuales
la Secretaria Académica de esta Universidad, Dra. María Celia Ilvento, realiza
observaciones a los diplomas expedidos por esta Universidad de Especialista en Docencia Universitaria,
y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 1 del
Expediente Nº 24.887/09, la Sra. Secretaria Académica informa que en
oportunidad de firmar los diplomas correspondientes a la carrera de
Especialidad en Docencia Universitaria confeccionados por la Dirección de
Control Curricular, pudo observar que en los mismos se consignaba erróneamente
el título de grado obtenido oportunamente por el egresado y a continuación el
de Especialista en Docencia Universitaria. Esto en un todo de acuerdo a lo
establecido en el punto 1. Título que otorga del Anexo I – Expediente Nº
12.188/02, por lo que solicita el dictado de una resolución de enmienda para
los diplomas que fueron entregados en donde se establezca que el título
expedido por la Universidad es sólo el de Especialista en Docencia
Universitaria.
Que, a fs. 9 del
Expediente Nº 24.887/09, Dirección de Asesoría Jurídica emite el Dictamen Nº
11.542, el que expresa: “Vienen los presentes actuados con motivo de la
presentación de fs. 1, al respecto esta Asesoría Jurídica no tiene observación
legal que formular al proyecto de resolución de fs. 7, debiéndose agregar un
artículo referido a la enmienda requerida en el segundo párrafo de fs. 8.”
Que este Cuerpo comparte
el dictamen de Asesoría Jurídica transcripto precedentemente.
Que asimismo, se entiende
que la actual redacción de los diplomas crea confusión, por cuanto se
incluye
junto al título de grado del egresado, el de postgrado, por lo que resulta
conveniente realizar una modificaciónpara en la expedición de
diplomas.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este
Cuerpo, mediante Despacho N° 482/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE
(en su 16º Sesión Extraordinaria del 17 de diciembre de 2009)
R E
S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.-
Modificar el modo de redactar los diplomas de la Carrera de Especialización en Docencia Universitaria,
dejando aclarado que el título de Grado deberá preceder al
nombre del egresado/a y no al título de Postgrado.
ARTÍCULO 2º.-
Autorizar a la Dirección de Control Curricular a adoptar las medidas
pertinentes a fin de evitar inconvenientes en el registro de los diplomas.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado,
Facultades, Sedes Regionales, Secretaría Académica, Dirección de Control
Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga
a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el
boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS ALBERTO CADENA