SALTA,
05/11/09.-
Expediente N° 4.413/09.-
RESOLUCIÓN CS Nº 550/09.-
VISTO las presentes actuaciones y, en particular la
Resolución CS Nº 106/08, por la cual se prorroga la vigencia del Plan de
Estudios 1985 de la carrera de Ciencias de la Educación de la Facultad de
Humanidades, a partir del 1º de abril de 2007 y por el término de un año;
estableciendo que dicha prórroga se otorga por única vez, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo
Directivo de la Facultad de Humanidades, mediante Resolución Nº 1373-09,
resolvió autorizar en carácter excepcional, la inscripción para cursar los
Talleres IV de Profesorado y Licenciatura en Ciencias de la Educación – Plan
1985- en el presente período lectivo, a aquellos alumnos que adeudan este
requisito para completar la mencionada carrera, en razón que los mismos no
pueden ser rendidos en calidad de libres.
Que dicho acto
administrativo se basa en la solicitud formulada por alumnos que sólo adeudan
los talleres como requisito obligatorio del plan de estudios.
Que a fojas 61 vta.
obra intervención de la Sra. Secretaria Académica de la Universidad, informando
que no tiene objeción alguna que realizar.
Que este Cuerpo
encuentra razonable lo dispuesto por resolución del mencionado Consejo
Directivo.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho
Nº 383/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimocuarta Sesión Especial del 29 de Octubre de 2009)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Ratificar la Resolución Nº 1373/09 del Consejo
Directivo de la Facultad de Humanidades, por las razones expuestas en los
considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, Dirección
de Control Curricular, Coordinación Legal y
Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de
Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta
Universidad.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS ALBERTO CADENA