SALTA, 27/08/09.-

Expediente Nº 10.125/92

RESOLUCION CS 408/09

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución Nº 310/09, por la cual el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales solicita se acepte la renuncia condicionada elevada por la Prof. Hilda Margarita GIL de MARRUPE, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva de la asignatura CONDUCCIÓN DEL APRENDIZAJE Y PRÁCTICA DE LA ENSEÑANZA, Escuela de Biología, y

            CONSIDERANDO:

            Que dicha renuncia obedece a los requerimientos del ANSES para el otorgamiento definitivo del beneficio jubilatorio.

            Que es competencia estatutaria de este Cuerpo resolver sobre renuncias de profesores regulares de esta Universidad.

Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Duodécima Sesión Ordinaria del 27 de agosto de 2009)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia condicionada en los términos de los Dctos. PEN 9202/62 y 8820/62, interpuesta por la Prof. Hilda Margarita GIL de MARRUPE, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva de la asignatura CONDUCCIÓN DEL APRENDIZAJE Y PRÁCTICA DE LA ENSEÑANZA, Escuela de Biología de la Facultad de Ciencias Naturales, para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria.

ARTÍCULO  2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad Cs. Naturales, Prof. Gil de Marrupe, Dirección General de Personal, Coordinación Legal y Técnica, UAI,  y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA