SALTA, 11/08/09.-
Expediente Nº 20.297/08
RESOLUCION CS 377/09
VISTO las presentes actuaciones relacionadas con el
Servicio de Limpieza y Bedelía de Sede Regional Tartagal; y
CONSIDERANDO:
Que
la mencionada Sede, mediante Resolución Nº 317/08 (fs. 117) procedió a
adjudicar a la firma “Dante J. Mansilla – Servicios Generales” el servicio de
limpieza (con extensión a tareas de bedelía) del predio y edificio de Sede
Regional Tartagal, por el período 10/09/08 al 30/12/08.
Que
asimismo, mediante Resolución Nº 503/08 (fs. 127) la citada Sede Regional
procedió a prorrogar dicho servicio durante el período 02/02/09 al 31/03/09, a
los fines de dar continuidad a las actividades necesarias para el inicio del
período lectivo 2009.
Que a
fojas 131 obra nota de las autoridades de Sede Regional Tartagal solicitando
una nueva prórroga del Contrato con la mencionada firma, hasta que el servicio
se cubra mediante licitación, bajo las mismas condiciones establecidas en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que
conforme lo informado por la Directora de Contrataciones y Compras de la
Universidad, dicha prórroga se enmarca en el artículo 99 del Decreto PEN 436/2000,
norma que rige en lo relacionado a Contrataciones del Estado.
Que
resulta necesario dejar aclarado que, a los fines de evitar demoras
innecesarias, las prórrogas que se encuentran enmarcada en las normas de
contrataciones del Estado deben ser resueltas bien sea por Rectorado o por la
Unidad de Gestión que se trate (en este caso Sede Regional Tartagal).
Por ello, en uso de
las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de
Hacienda, mediante Despacho Nº 110/09,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Novena Sesión Extraordinaria del 6 de agosto de 2009)
R
E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Tener por prorrogada a la firma “Dante
J. Mansilla – Servicios Generales” el servicio de limpieza (con extensión a tareas
de bedelía) del predio y edificio de Sede Regional Tartagal, por el período
01/04/00 al 30/06/09, por las razones expuestas en los considerandos de la
presente.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que en el futuro, las prórrogas
que sean necesarias para este tipo
servicios y que se encuentren enmarcadas en la legislación vigente,
serán otorgadas a través de Rectorado o del titular de la Unidad de Gestión.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con
copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría
Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de
Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Coordinación Legal y Técnica, U.A.I. y
Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado para su toma de razón y demás
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI