SALTA, 03/08/09.-

Expedientes Nros. 10.529/08, 398/97 y 10.317/89

RESOLUCION CS 352/09

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución Nº 085/09 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales, por la cual solicita la modificación de las Resoluciones CS Nº 082/98 y 116/04, y

            CONSIDERANDO:

            Que a través de la Resolución CS Nº 082/98 se aprueba el “Reglamento General para la Implementación y Funcionamiento de las Carreras de Posgrado en U.N.Sa.”.

            Que mediante Resolución CS Nº 116/04 se aprueba el texto ordenado del Reglamento de la Carrera de “Doctorado en Ciencias Biológicas” de la Facultad de Ciencias Naturales.

            Que la Resolución Nº 085/09 es la resultante del pedido formulado por el Comité Académico del Doctorado en Ciencias Biológicas de la Facultad de Ciencias Naturales, a fojas 6 de las actuaciones de referencia.

            Que han tomado debida intervención la Secretaría Académica y Secretaría del Consejo Superior, como así también la Coordinación de Posgrado y Relaciones Internacionales.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 109/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Novena Sesión Especial del 30 de julio de 2009)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a lo solicitado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales, mediante Resolución CDNAT-2009-0085, y, en consecuencia modificar las Resoluciones CS Nros. 082/98 y 116/04, conforme a lo siguiente:

 

Anexo I - Resolución CS Nº 082/98: sustituir los incisos 2.2.3.  y 2.3.3. por los siguientes textos:

“Inciso 2.2.3.: Requisitos del director de tesis:

·       Deberá tener el grado de Master, Doctor o ser personalidad de trayectoria reconocida, de preferencia ser profesor universitario regular y tener experiencia en disciplinas afines al tema de tesis. Iguales condiciones se requieren para el co-director. Uno de los dos deberá ser docente de la Universidad Nacional de Salta.

·       El director -y codirector si correspondiere- de tesis deberán manifestar su conformidad por escrito y refrendar el tema y plan de trabajo.”

 

“Inciso: 2.3.3.: Requisitos del director de tesis:

·       Deberá tener el grado de doctor o ser personalidad de trayectoria reconocida, de preferencia ser profesor universitario regular y tener experiencia en disciplinas afines al tema de tesis. Iguales condiciones se requieren para el co-director. Uno de los dos deberá ser docente de la Universidad Nacional de Salta.”

 

Anexo I – Resolución CS Nº 116/04: Sustituir el Artículo 15, por el siguiente texto:

“ARTICULO 15.- El Doctorando propondrá la designación de un/a Director/a de Tesis quien deberá ser doctor o personalidad de trayectoria reconocida y fehacientemente acreditada, de preferencia ser o haber sido profesor regular o extraordinario de una Universidad Nacional y tener experiencia en la temática del trabajo y/o disciplinas afines. En el caso que el/la director/a no pertenezca a la Universidad Nacional de Salta, el/la doctorando deberá contar con un/a codirector/a de tesis que sea docente de esta Universidad.

El/la Director/a podrá dirigir hasta tres (3) trabajos de tesis y desempeñarse como Codirector/a en dos (2) trabajos más en forma simultánea.”

ARTÍCULO 2º.- Solicitar a las Unidades Académicas la adecuación de los reglamentos correspondientes a lo dispuesto por la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica, Coordinación de Posgrado y RRII, Consejo de Investigación, Dirección de Control Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Naturales para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI