SALTA, 03/08/09.-
Expedientes Nros. 10.529/08, 398/97 y 10.317/89
RESOLUCION CS 352/09
VISTO las presentes actuaciones y,
en particular la Resolución Nº 085/09 del Consejo Directivo de la Facultad de
Ciencias Naturales, por la cual solicita la modificación de las Resoluciones CS
Nº 082/98 y 116/04, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución CS Nº
082/98 se aprueba el “Reglamento General para la Implementación y
Funcionamiento de las Carreras de Posgrado en U.N.Sa.”.
Que mediante Resolución CS Nº 116/04
se aprueba el texto ordenado del Reglamento de la Carrera de “Doctorado en
Ciencias Biológicas” de la Facultad de Ciencias Naturales.
Que la Resolución Nº 085/09 es la
resultante del pedido formulado por el Comité Académico del Doctorado en
Ciencias Biológicas de la Facultad de Ciencias Naturales, a fojas 6 de las
actuaciones de referencia.
Que han tomado debida intervención
la Secretaría Académica y Secretaría del Consejo Superior, como así también la
Coordinación de Posgrado y Relaciones Internacionales.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y
atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante
Despacho Nº 109/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Novena Sesión Especial del 30 de julio de 2009)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a lo solicitado por el Consejo
Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales, mediante Resolución
CDNAT-2009-0085, y, en consecuencia modificar las Resoluciones CS Nros. 082/98
y 116/04, conforme a lo siguiente:
Anexo I - Resolución
CS Nº 082/98:
sustituir los incisos 2.2.3. y 2.3.3.
por los siguientes textos:
“Inciso 2.2.3.: Requisitos del
director de tesis:
·
Deberá tener el grado de Master,
Doctor o ser personalidad de trayectoria reconocida, de preferencia ser
profesor universitario regular y tener experiencia en disciplinas afines al
tema de tesis. Iguales condiciones se requieren para el co-director. Uno de los
dos deberá ser docente de la Universidad Nacional de Salta.
· El director -y codirector si correspondiere- de tesis deberán manifestar
su conformidad por escrito y refrendar el tema y plan de trabajo.”
“Inciso: 2.3.3.: Requisitos del
director de tesis:
·
Deberá tener el grado de doctor o
ser personalidad de trayectoria reconocida, de preferencia ser profesor
universitario regular y tener experiencia en disciplinas afines al tema de
tesis. Iguales condiciones se requieren para el co-director. Uno de los dos
deberá ser docente de la Universidad Nacional de Salta.”
Anexo I – Resolución CS Nº 116/04: Sustituir
el Artículo 15, por el siguiente texto:
“ARTICULO
15.- El Doctorando propondrá la designación de un/a Director/a de Tesis quien
deberá ser doctor o personalidad de trayectoria reconocida y fehacientemente
acreditada, de preferencia ser o haber sido profesor regular o extraordinario
de una Universidad Nacional y tener experiencia en la temática del trabajo y/o
disciplinas afines. En el caso que el/la director/a no pertenezca a la
Universidad Nacional de Salta, el/la doctorando deberá contar con un/a
codirector/a de tesis que sea docente de esta Universidad.
El/la
Director/a podrá dirigir hasta tres (3) trabajos de tesis y desempeñarse como
Codirector/a en dos (2) trabajos más en forma simultánea.”
ARTÍCULO
2º.- Solicitar a las Unidades Académicas la adecuación de los reglamentos
correspondientes a lo dispuesto por la presente resolución.
ARTÍCULO
3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica,
Coordinación de Posgrado y RRII, Consejo de Investigación, Dirección de Control
Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y
Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Naturales para su
toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de
esta universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI