SALTA, 30/07/09.-
Expediente Nº 4.678/95
RESOLUCION CS 327/09
VISTO las presentes actuaciones y,
en particular la Resolución H. Nº 864/09, por la cual la Facultad de
Humanidades modifica el Plan de Estudios 1996 de las carreras de postgrado “Especialidad
en Planificación y Gestión de Políticas Sociales” y “Maestría
en Políticas Sociales”, creadas mediante Resolución CS Nº 095/96, y
CONSIDERANDO:
Que
el Comité Académico de estas Carreras (fs. 159/160) solicita se formalice la
modificación del Plan de Estudios con la debida fundamentación, la cual es
compartida por Comisión de Docencia de dicha Facultad, según consta en despacho
de fs. 183 del expediente de referencia.
Que
el objetivo del pedido radica en la necesidad de implementar la instancia de la
Evaluación Final Integradora,
modalidad que es común en otros Planes de Estudios de Maestría en Políticas
Sociales, para facilitar a los alumnos del Plan de Estudios 1996 la obtención
del título de Especialista.
Que,
a fs. 187, obra opinión conjunta de Secretaría Académica y Coordinación de
Postgrado y Relaciones Internacionales, donde expresan que no existen
objeciones formales a realizar y aconsejan corregir segundo párrafo de la
columna de fs. 184 vta.) “Debe decir”, el que quedaría redactado de la
siguiente manera: “El Comité Académico
fijará fecha para la realización de la defensa del Trabajo Final”.
Que el Artículo 113, inc. 6) del Estatuto
Universitario establece que es atribución de los Consejos Directivos aprobar
los proyectos de planes de estudio de las carreras de grado y posgrado y sus
modificaciones y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 234/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Séptima Sesión Especial del 25 de junio de 2009)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Ratificar la Resolución H Nº 864/09, con las
modificaciones aconsejadas por Secretaría Académica y Coordinación de Postgrado
y Relaciones Internacionales y que se visualiza en el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Dirección de Control Curricular,
Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido,
siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
ANEXO I – Expediente Nº 4.678/95.-
DONDE DICE |
DEBE DECIR |
8.1.- FORMAS DE
PREPARACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS FINALES. El alumno que haya aprobado la asignatura Metodología de la
Investigación podrá elegir un Tutor del Trabajo Final y proponer un tema de
trabajo que deberá ser aprobado por el Comité Académico. El Tutor del Trabajo Final en diez días
posteriores a su presentación deberá expedirse con respecto a su aprobación o
desaprobación. En este último caso el alumno tendrá una sola oportunidad para
presentar la versión definitiva del trabajo final en el período de un mes |
8.1 FORMAS DE PREPARACIÓN Y APROBACIÓN
DE LOS TRABAJOS FINALES. La
evaluación final integradora tendrá dos modalidades a optar por el alumno: a) Trabajo Final: El alumno que haya
aprobado la asignatura Metodología de la Investigación podrá elegir un Tutor
del Trabajo Final y proponer un tema de trabajo que deberá ser aprobado por
el Comité Académico. Consiste en la sistematización de una investigación basada
en la contrastación de abordajes teóricos en casos prácticos. El Trabajo
Final deberá ser dirigido por un Tutor. Los tutores serán elegidos entre los
docentes de la especialidad o bien de fuera de la institución. Deberán
tener título equivalente o reconocido prestigio en el área específica del
trabajo. El tutor del Trabajo Final, en 30 días posteriores a su presentación
deberá hacer un informe fundado sobre su aprobación o desaprobación. El
Comité Académico fijará fecha para la realización de la defensa del Trabajo
Final, con un tribunal integrado por el tutor y dos profesores de la
Especialidad. b) Evaluación Final Integradora ante Tribunal: se realiza ante un
Tribunal compuesto por tres docentes de la Especialidad/Maestría. La misma se
desarrollará sobre la base de un temario, fijado con anticipación, sobre los
contenidos de la Especialidad. El Consejo Directivo aprobará la constitución
del tribunal, la fecha y la hora de su constitución. Ambas instancias deberán ser aprobadas durante el año
posterior a la aprobación de la última asignatura de la carrera. La evaluación final integradora y el trabajo Final se
aprobarán con la nota 7 (siete). El alumno que desapruebe la modalidad
elegida tendrá otra oportunidad, la que se fijará dentro de los dos meses
posteriores a la instancia, no pudiendo modificar la modalidad por la que
optó inicialmente. |
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI