SALTA, 30/07/09.-

Expediente Nº 4.678/95

RESOLUCION CS 327/09

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución H. Nº 864/09, por la cual la Facultad de Humanidades modifica el Plan de Estudios 1996 de las carreras de postgrado “Especialidad en Planificación y Gestión de Políticas Sociales” y “Maestría en Políticas Sociales”, creadas mediante Resolución CS Nº 095/96, y

            CONSIDERANDO:

            Que el Comité Académico de estas Carreras (fs. 159/160) solicita se formalice la modificación del Plan de Estudios con la debida fundamentación, la cual es compartida por Comisión de Docencia de dicha Facultad, según consta en despacho de fs. 183 del expediente de referencia.

            Que el objetivo del pedido radica en la necesidad de implementar la instancia de la Evaluación Final Integradora, modalidad que es común en otros Planes de Estudios de Maestría en Políticas Sociales, para facilitar a los alumnos del Plan de Estudios 1996 la obtención del título de Especialista.

            Que, a fs. 187, obra opinión conjunta de Secretaría Académica y Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, donde expresan que no existen objeciones formales a realizar y aconsejan corregir segundo párrafo de la columna de fs. 184 vta.) “Debe decir”, el que quedaría redactado de la siguiente manera: “El Comité Académico fijará fecha para la realización de la defensa del Trabajo Final”.

Que el Artículo 113, inc. 6) del Estatuto Universitario establece que es atribución de los Consejos Directivos aprobar los proyectos de planes de estudio de las carreras de grado y posgrado y sus modificaciones y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 234/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Especial del 25 de junio de 2009)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Ratificar  la Resolución H Nº 864/09, con las modificaciones aconsejadas por Secretaría Académica y Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales y que se visualiza en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Dirección de Control Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-


ANEXO I – Expediente Nº 4.678/95.-

 

DONDE DICE

DEBE DECIR

8.1.- FORMAS DE PREPARACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS FINALES.

El alumno que haya aprobado la asignatura Metodología de la Investigación podrá elegir un Tutor del Trabajo Final y proponer un tema de trabajo que deberá ser aprobado por el Comité Académico.

 El Tutor del Trabajo Final en diez días posteriores a su presentación deberá expedirse con respecto a su aprobación o desaprobación. En este último caso el alumno tendrá una sola oportunidad para presentar la versión definitiva del trabajo final en el período de un mes

8.1 FORMAS DE PREPARACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS FINALES.

La evaluación final integradora tendrá dos modalidades a optar por el alumno:

 a) Trabajo Final:  El alumno que haya aprobado la asignatura Metodología de la Investigación podrá elegir un Tutor del Trabajo Final y proponer un tema de trabajo que deberá ser aprobado por el Comité Académico.

Consiste en la sistematización de una investigación basada en la contrastación de abordajes teóricos en casos prácticos. El Trabajo Final deberá ser dirigido por un Tutor. Los tutores serán elegidos entre los docentes de la especialidad o bien de  fuera de la institución. Deberán tener título equivalente o reconocido prestigio en el área específica del trabajo. El tutor del Trabajo Final, en 30 días posteriores a su presentación deberá hacer un informe fundado sobre su aprobación o desaprobación. El Comité Académico  fijará fecha para la realización de la defensa del Trabajo Final, con un tribunal integrado por el tutor y dos profesores de la Especialidad.

b) Evaluación Final Integradora ante Tribunal: se realiza ante un Tribunal compuesto por tres docentes de la Especialidad/Maestría. La misma se desarrollará sobre la base de un temario, fijado con anticipación, sobre los contenidos de la Especialidad. El Consejo Directivo aprobará la constitución del tribunal, la fecha y la hora de su constitución.

Ambas instancias deberán ser aprobadas durante el año posterior a la aprobación de la última asignatura de la carrera.

La evaluación final integradora y el trabajo Final se aprobarán con la nota 7 (siete). El alumno que desapruebe la modalidad elegida tendrá otra oportunidad, la que se fijará dentro de los dos meses posteriores a la instancia, no pudiendo modificar la modalidad por la que optó inicialmente.

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI