SALTA, 03/07/09.-
Expediente Nº 10.589/01
RESOLUCION CS 313/09
VISTO
las presentes actuaciones y, en particular la Resolución CDNAT- 2009-110 por la
cual el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales solicita al
Consejo Superior, disponga el cese de funciones del Ing. Néstor Alías en
el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Asociado con Dedicación Simple
en la cátedra “Perforaciones II”, a partir del 1º de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el docente se encuentra
comprendido en los términos del artículo 27 del Estatuto de la Universidad
Nacional de Salta que dice: “Todo profesor regular cesa en las funciones
para las que ha sido designado el 1° de marzo del año siguiente a aquél en el
que cumple 65 años de edad…”
Que compete al Consejo Superior
disponer el cese de funciones de los profesores regulares.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la Comisión de Docencia de este Cuerpo, mediante Despacho Nº
188/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en Cuarto
Intermedio de su Novena Sesión Ordinaria del 2 de julio de 2009)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1º. Disponer el cese de funciones del Ing. Néstor ALÍAS, D.N.I.
8.164.808, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Asociado con
Dedicación Simple de la asignatura “Perforaciones II” de las carreras
“Ingeniería en Perforaciones” y “Tecnicatura Universitaria en Perforaciones” de
Sede Regional Tartagal – Facultad de Ciencias Naturales, con efecto al
1º de marzo de 2009, en el marco del artículo 27 del Estatuto de esta
Universidad.
ARTÍCULO
2º. Agradecer al Ing. Néstor Alías los servicios prestados a la Universidad
Nacional de Salta.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora,
Facultad de Ciencias Naturales, Sede Regional Tartagal, Dirección General de Personal, Obra
Social, Ing. Alias, Asesoría Jurídica,
Coordinación Legal y Técnica y UAI. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta
universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA