SALTA, 02/07/09.-

Expediente Nº 4.357/06  

RESOLUCION CS 300/09

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular, la Resolución H Nº 938/09 por la cual el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades modifica el Plan de Estudios 2006 de las carreras de postgrado “Especialidad en Derechos Humanos” y “Maestría en Derechos Humanos” – creadas por Resolución CS Nº 363/06, y

            CONSIDERANDO:

            Que el mencionado acto administrativo se emite en base al pedido formulado por el Comité Académico de ambas carreras, para que se formalicen las modificaciones al Plan de Estudios arriba citado, fundando en el análisis de los condicionamientos dados para la elaboración de las tesis de Maestría y propone un “Reglamento de tesis de Maestría”; un sistema de “Evaluación Final de Especialidad”.

Que el pedido cuenta con la aprobación del Departamento de Postgrado de la mencionada Facultad.

            Que asimismo, a fs. 220, obra opinión conjunta de Secretaría Académica y Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, en la cual realizan observaciones de fondo a tener en cuenta por el Consejo Superior y que se refiere a:

1)                 Evaluación final de Especialidad: la evaluación final integradora tendrá dos modalidades a optar por el alumno:

a)     Trabajo final ante Tribunal: El alumno que hubiese superado las distintas instancias de evaluación previstas en la totalidad del plan de estudios podrá elegir un tutor del trabajo final y proponer un tema que deberá ser aprobado por el Comité Académico. El tutor será elegido entre los docentes de la Especialidad y deberá tener título equivalente o superior o reconocido prestigio en el área específica del trabajo.

Consiste en la sistematización de un abordaje del tema-problema elegido para su estudio, integrando los conocimientos desarrollados durante el cursado de la Especialidad. Se valorará positiva y especialmente la originalidad y el sustento teórico, fáctico y/o jurisprudencial del planteo. El trabajo final deberá tener una extensión mínima de treinta carillas, con un máximo de cien, tamaño A4 o similar. Una vez presentado el trabajo final y en un plazo no mayor de treinta días el Comité Académico fijará fecha de la defensa del trabajo con un tribunal integrado por el tutor y dos profesores de la carrera.

b)     Coloquio final integrador ante tribunal: Se realiza ante un tribunal compuesto por tres docentes de la Especialidad. El mismo se desarrollará sobre la base de un temario fijado con anticipación sobre los contenidos de la Especialidad. El Comité Académico establecerá la constitución del tribunal, fecha y hora con una antelación de treinta (30) días.

Cualquiera de las dos instancias deberá ser aprobada durante el año posterior al de aprobación de la última asignatura de la carrera.

El alumno que desapruebe la modalidad elegida tendrá otra oportunidad de ser evaluado, la que se fijará dentro de los meses posteriores a la de la primera instancia.

2)   Para el caso del reglamento de tesis de maestría, inc. 9), deberá decir: “El Director podrá participar de las deliberaciones con voz, pero sin voto”.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 237/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Octava Sesión Especial del 2 de julio de 2009)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Ratificar la Resolución H. Nº 938/09 del Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades, en el marco del inc. 8) – Artículo 100 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, con las modificaciones  transcriptas en los considerandos de la presente, puntos 1) y 2).

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Dirección de Control Curricular, Coordinación Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA