SALTA, 11/06/09.-
Expediente Nº 4.104/08
RESOLUCION CS 248/09
VISTO
estas actuaciones y en particular la Resolución H. Nº 1.507/08 mediante la
cual, el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades solicita al Consejo
Superior, disponga el cese de funciones del Prof. Jorge José Lovisolo, en el
cargo de Profesor Regular en la categoría de Titular Plenario, con dedicación
exclusiva, de la asignatura “Historia de la Filosofía Contemporánea”, de
la carrera de Filosofía; y
CONSIDERANDO:
Que
en fecha 5 de febrero de 2007, el Prof. Jorge José Lovisolo alcanzó la edad
prevista en el artículo 27 del Estatuto de la Universidad, por lo que al 1º de
marzo de 2008 corresponde resolver el cese de sus funciones.
Que
a la fecha de la cesación, el docente no cuenta con los 30 años de aporte que
marca la Ley, razón que resulta atendible para autorizar a la Facultad a
designarlo interinamente, en el marco del artículo 17 del Estatuto
Universitario que dice: “En forma excepcional y por causas debidamente
justificadas, los Consejos Directivos pueden designar docentes interinos. El
acto de nombramiento debe especificar el plazo de designación, la que caduca si
el cargo es cubierto por concurso”.
Que
la Resolución CS Nº 382/07 que reglamenta el artículo 27 del Estatuto,
condiciona el artículo 17 del artículo citado arriba, limitando la designación
docente interina a una dedicación no mayor de semiexclusiva, al decir: “Disponer
que todo docente dependiente de la Universidad Nacional de Salta, que cesa en
su calidad de regular en el marco del art. 27 del Estatuto de la Universidad
Nacional de Salta, podrá ser designado interinamente en las condiciones
establecidas en el artículo 17 del mismo, en un cargo no superior al que se
desempeñaba al momento del cese, por un plazo no mayor de un año, prorrogable
por una sola vez y con una dedicación no mayor a Semiexclusiva”.
Que a su vez, la Universidad
Nacional de Salta, a través de la Resolución R Nº 180/06 – Artículo 1º dictada
ad-Referéndum del Consejo Superior dice: “Establecer que la Universidad
Nacional de Salta continuará abonando los haberes de dichos agentes, por un
período de hasta seis meses o hasta la fecha de otorgamiento del beneficio
jubilatorio, el período que sea de menor duración, como medida de excepción a
la Resolución CS Nº 114/02, debiendo los mismos continuar con la prestación de
sus servicios docentes”.
Que
la Resolución R. Nº 180/06, fue oportunamente convalidada por el Consejo
Superior mediante Resolución Nº 352/06.
Que
del análisis armónico de estas reglamentaciones citadas más arriba, este Cuerpo
entiende que la situación excepcional del Prof. Jorge Lovisolo es atendible.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho
Nº 073/09,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Octava Sesión Ordinaria del 11 de junio de 2009)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese de
funciones del Prof. Jorge José LOVISOLO, DNI Nº 4.393.546, con efecto al 1º de
marzo de 2008, en el marco del Artículo 27 del Estatuto de la Universidad
Nacional de Salta, en el cargo de Profesor Titular Plenario, dedicación
exclusiva, de la asignatura “Historia de la Filosofía Contemporánea”, carrera
de Filosofía, de la Facultad de Humanidades.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la
Facultad de Humanidades a designar interinamente al Prof. Jorge José LOVISOLO,
en un cargo similar y con idéntica dedicación, únicamente por el término que le
reste para completar los años de servicios y sus respectivos aportes
jubilatorios.
ARTICULO 3º.- Hágase saber,
comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Humanidades, Dirección General
de Personal, Prof. Lovisolo, Coordinación Legal y Técnica, Asesoría Jurídica y
Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades para
su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el Boletín Oficial de
esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI