SALTA, 02/06/09.-

Expediente Nº 992/00  

RESOLUCION CS 245/09

            VISTO estas actuaciones y en particular la Resolución CS Nº 492/08, la cual en su Anexo I fija el monto máximo para las dependencias autorizadas a administrar fondos de “Caja Chica”, y

            CONSIDERANDO:

            Que Secretaría Administrativa a fs. 165 observa que a Tesorería General se le asignó un monto total de $ 15.000, el que excede el límite dado por el Dcto. PEN 1344/07 – reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, que en su art. 81 dice: “… sus montos no pueden exceder la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) y estarán limitados a gastos individuales que no superen los PESOS MIL ($ 1.000)…”

            Que el monto asignado debe cubrir gastos que incluyen varias dependencias de Rectorado y que no es conveniente disminuirlo sino desagregarlo, asignando por separado a Secretaría Administrativa una Caja Chica de $ 5.000 para atender sus propios gastos necesarios y urgentes.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº  036/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 28 de mayo de 2009)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Modificar el Anexo I de la Resolución CS Nº 492/08, en lo relativo a los montos asignados en concepto de CAJA CHICA para las dependencias Tesorería General y Secretaría Administrativa, conforme a lo siguiente:


DEPENDENCIAS

Caja Chica

Resolución 179/95

Nuevo Monto

Tesorería General

$ 8.400

$ 10.000

Secretaria Administrativa

$    500

$   5.000

 

ARTICULO 2º.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Rectorado, Secretaría Administrativa, Tesorería General, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Coordinación Legal y Técnica, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI