SALTA, 04/05/09.-
Expediente Nº 23.195/09
RESOLUCION CS 156/09
VISTO la
composición total de la fuente de financiamiento 16 – Economía de Ejercicio de
años anteriores informadas por la Secretaría Administrativa; y
CONSIDERANDO:
Que
la composición total de la fuente de financiamiento 16 no ha sido oficialmente
distribuida, y por tanto resulta conveniente asignar parcialmente algunos de
los montos que la conforman.
Que
la incorporación y aplicación de los montos indicados resulta necesario para
atribuir gastos de Reencasillamiento P.A.U., Fondos de Capacitación P.A.U,
equipamientos varios para ese personal y horas extras, entre otros.
Que
Secretaría Administrativa informa saldos al cierre de la cuenta de inversión
del año 2.008, disponibles de Economías de inciso 1 correspondientes al año
2.007, suman $ 753.186,71 y las correspondientes al año 2.008 $ 1.615.501,01,
lo que hace un total a distribuir de $ 2.368.687,72.
Por ello, en uso de las
atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE
HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 062/09,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Quinta Sesión Ordinaria del 30 de Abril de
2009)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Incorporar y distribuir en el Presupuesto de la Universidad
Nacional de Salta para el Ejercicio 2009, en concepto de Remanentes o Economías
de Inversión, la suma de PESOS DOS
MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 72/100
($ 2.368.687,72), con destino a la Finalidad 3 – Función 4 - según cuadro
siguiente:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
16 – ECONOMÍAS DE INVERSIÓN
Apertura
Presupuestaria |
Dep. Ap Prog |
F.F. |
Inc./PP |
Importe |
Reencasillamiento Personal P.A.U. - Año 2.007 |
01.05.0012.0 |
16 |
1.1.1. |
$297.150,88 |
Reencasillamiento Personal P.A.U. - Año 2.008 |
01.05.00.12.0 |
16 |
1.1.1. |
$ 976.081,32 |
Fondo de Capacitación P.A.U. |
02.19.12.0 |
16 |
5.1. |
$ 110.000,oo |
Equipamientos varios |
12.05 |
16 |
4.3. |
$ 135.000,oo |
Horas Extras – Res. C.S. Nº 632/08 |
01.05.00 |
16 |
1.3 |
$ 850.302,25 |
T O T A L |
|
|
|
$ 2.368.534,45 |
ARTÍCULO 2º.- Establecer que la
diferencia de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 27/100 ($ 153,27) se adicionará
a la actividad específica Becas de Transporte.
ARTICULO
3º.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Consejo de
Investigación, Sedes Regionales, Secretarías, Institutos de Educación Media,
Dirección General de Administración, Coordinación Legal y Técnica, Dirección de
Contabilidad, Dirección General de Tesorería, Dirección de Presupuesto, Unidad
de Auditoria Interna. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa para su toma
de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el Boletín Oficial de esta
Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI