SALTA, 09/03/09.-
Expediente Nº 5.178/08
RESOLUCION CS 055/09
VISTO
estas actuaciones y en particular la Resolución H. Nº 1.737/08, por la cual el
Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades se expresó respecto del aumento
de precio en los boletos del servicio urbano de pasajeros de la ciudad de
Salta, por parte de la AMT y SAETA, rechazando cualquier intento de aumento del
boleto estudiantil, y
CONSIDERANDO:
Que
la Unidad Académica muestra de esta manera su preocupación, que es de toda la
comunidad universitaria, dado que estas medidas perjudican no sólo a la sociedad
salteña, sino en especial, al alumnado universitario y preuniversitario que
concurren a sus aulas.
Que
se ha podido verificar que los servicios troncal y transversal, sufrieron el
mismo incremento que el boleto común y que esto perjudica sobremanera a los
estudiantes que concurren a esta Universidad, por lo que se hace necesario
intentar, a través de la Secretaría de Bienestar Universitario, algún tipo de
acuerdo con los prestadores del servicio, a fin de conseguir una rebaja
equiparable al boleto estudiantil común.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo
aconsejado por la Comisión de Hacienda de este Cuerpo, mediante Despacho N°
008/09 (modificado),
EL CONSEJO SUPERIOR DE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Segunda Sesión Extraordinaria del 5 de marzo
de 2009)
R E S U E L
V E:
ARTÍCULO 1º. Tomar conocimiento de
la Resolución H. Nº 1.737/08 y adherir a la preocupación puesta de manifiesto
por el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades, respecto del incremento
de los boletos del servicio urbano de pasajeros de la ciudad de Salta.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar a Rectorado
realice las gestiones que estime pertinentes ante la AMT y SAETA, en procura de
la reducción del boleto estudiantil universitario y preuniversitario, en los
servicios Troncal y Transversal, como así también obtener el compromiso de
dichos Servicios, de mantener el valor de los boletos estudiantiles en sus
distintos niveles, que a la fecha no hayan sufrido ningún incremento.
ARTÍCULO 3º.- Hacer conocer a las
empresas AMT y SAETA el malestar provocado en la comunidad universitaria, por
las medidas adoptadas y que concluyeron con el aumento en los boletos,
entendiendo que las mismas no solucionan ni evitan la creciente avalancha
inflacionaria en que vive nuestro país.
ARTÍCULO
4º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, AMT, SAETA, Facultades, Sedes
Regionales, IEM, Secretarías, Centros de Estudiantes, Consejo de Investigación,
Radio Universidad, Coordinación Legal y Técnica, U.A.I. y Asesoría Jurídica.
Cumplido, siga a Rectorado para su toma de razón y demás efectos. Asimismo,
publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI