SALTA, 05/03/09.-

Expedientes Nº 2.519/06

RESOLUCION CS 048/09

            VISTO estas actuaciones, relacionadas con las observaciones realizadas por la Contaduría General de la Nación, cuyo análisis del Director de Contabilidad obra a fs. 36 y 36 vta. de este expediente; y

            CONSIDERANDO:

El informe de Secretaría Administrativa, agregado a fs. 40 – 41: que dice:

“Sres. Comisión de Hacienda: Tengo el agrado de dirigirme a Uds. a efectos de informarles que la Contaduría General de la Nación a través de nota de fecha 19/12/08 (fs. 28), recibida por la Dirección de Contabilidad el día 07/01/09 ratificó el pedido efectuado desde 07/04/05 (fs.3) de ajustar  los Estados Contables, disminuyendo el Patrimonio Neto por la cifra total de $ 2.810.941 (pesos dos millones ochocientos diez mil novecientos cuarenta y uno); compuesta por $ 368.420 (pesos trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos veinte) del ejercicio 2001 y $ 2.442.521 (pesos dos millones cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos veintiuno) del ejercicio 2002. Ambas cifras corresponden a “Créditos no Ejecutados” pendientes de cobro, originados por recortes presupuestarios oportunamente dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional. De los reiterados pedidos de la Contaduría de la Nación, la Comisión de Hacienda a través de sus respectivos despachos aconsejó al Consejo Superior emitir las correspondientes Resoluciones a efectos de no practicar el ajuste a los Estados Contables con la fundamentación de no perder el derecho al cobro de las acreencias bajo análisis (años 2006 y 2007).     Es opinión de ésta Secretaría Administrativa, ajustar la cifra observada en razón de:

a)       El monto en cuestión es lo suficientemente significativo, por lo tanto, influye considerablemente en el análisis e interpretación de la situación real de la Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento, de la Institución.

b)      Las cifras registradas poseen una antigüedad de siete y seis años respectivamente.

c)       Cuentan con un alto riesgo de cobrabilidad, por cuanto;

-          Existen reclamos no atendidos,

-          Las reiteradas observaciones a dichos registros y solicitudes de ajustes a pedido de la Contaduría General de la Nación, hacen pensar la negativa o falta de reconocimiento o voluntad de pago por parte del Estado a la Universidad.

                  De lo expresado se pueden enumerar las siguientes posibilidades a ser analizadas para tomar una decisión:

a)       Disminuir el Patrimonio Neto a través de un ajuste negativo que implica, el reconocimiento de la pérdida contable, sin que ello involucre la pérdida del derecho al cobro o reclamo alguno de la partida.

b)      Efectuar contablemente un ajuste a los resultados de ejercicios anteriores, creando al efecto una “Previsión para Incobrables por Cuentas a Cobrar”, disminuyendo el Patrimonio Neto tal como lo pide la Contaduría General de la Nación. Lo que implica, “Ajustar” los resultados de ejercicios anteriores sin afectar el correspondiente al ejercicio 2.008 y no se renuncia al derecho de continuar con las gestiones de cobro.

La Previsión para Incobrables por Cuentas a Cobrar, podría mantenerse por uno o más ejercicios económicos según la voluntad de las autoridades. 

Esta Secretaría Administrativa, aconseja ésta opción.

Cualquiera de las alternativas que se decida, se sugiere que la Resolución del Consejo Superior deje expresamente aclarado: “La exposición contable autorizada por éste Cuerpo, no implica la aceptación o convalidación de los recortes presupuestarios de los años 2001 y 2002, ni la renuncia a continuar con los correspondientes reclamos”.

            Que es atribución estatutaria del Consejo Superior entender sobre incorporación y distribución del presupuesto asignado, como así también la aprobación de las normas relacionadas al régimen contable-administrativo-financiero.

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda de este Cuerpo, mediante Despacho N° 016/09,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Tercera Sesión Extraordinaria del 5 de marzo de 2009)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Efectuar contablemente (a los fines solicitados por la Contaduría General de la Nación) un ajuste a los resultados de ejercicios anteriores, creando al efecto una “Previsión para Incobrables por Cuentas a Cobrar”, disminuyendo el Patrimonio Neto tal como lo requiere la Contaduría General de la Nación. Lo que implica, “Ajustar” los resultados de ejercicios anteriores sin afectar el correspondiente al ejercicio 2.008.

ARTÍCULO 2º.- Dejar expresamente establecido que la exposición contable autorizada por este Cuerpo, no implica la aceptación o convalidación de los recortes presupuestarios de los años 2001 y 2002, ni la renuncia a continuar con los correspondientes reclamos.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Contaduría General de la Nación, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Contabilidad, Dirección de Presupuesto, Tesorería General, Coordinación Legal y Técnica, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI