SALTA, 27/02/09.-

Expedientes Nº 2.505/09

RESOLUCION CS 030/09

VISTO las presentes actuaciones, y en particular la Res. C.S. Nº 382/08 (Art. 2º), por la cual solicita a Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, analice la viabilidad reglamentaria de transformar el actual cargo de Director de Asesoría Jurídica en un cargo de gabinete, y

CONSIDERANDO:

Que en la estructura del Gabinete de Rectorado existen situaciones homólogas a la presente, como el caso de la Unidad de Auditoría Interna, que cuenta con un cuerpo de auditores, supervisadas por el Auditor Interno.

Que  el Estatuto de esta Universidad establece como atribución del Cuerpo, en su artículo 100, inciso 20: “Aprobar el número de Secretarías de la Universidad y reglamentar sus funciones.”

Que actualmente el Gabinete de Rectorado se compone de siete secretarías y dos coordinaciones.

Que el Servicio Permanente de Asesoría Jurídica depende actualmente de Secretaría Administrativa, lo que se interpreta que no es conveniente dada la necesidad de asistir en forma inmediata a los órganos de gobierno de esta Universidad sobre temas urgentes y de plazos perentorios.

Que se han suscitado situaciones en distintas oportunidades, en los que por encontrarse inhibidos de participar los integrantes del Servicio Permanente de Asesoría Jurídica no se ha contado con dictamen obligatorio de acuerdo con la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

Que resulta necesario mejorar la administración de esta Universidad, brindando asistencia técnica y legal.

Que existe la necesidad de asistir a los órganos  en el trámite, estudio, supervisión y resolución de los asuntos relativos a los intereses jurídicos de la Universidad.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias, atento a lo aconsejado por las Comisiones de Interpretación y Reglamento (Despacho Nº 149/08) y de Hacienda (Despacho Nº 007/09), y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Ordinaria del 26 de febrero de 2009)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Crear la "Secretaría de Asuntos Jurídicos" de esta Universidad, con una retribución equivalente a Secretario de Universidad y bajo dependencia de Rectorado.

ARTÍCULO 2º.- Serán sus funciones:

1.      Planificar, coordinar, supervisar y orientar el funcionamiento de las tareas asignadas a las unidades de su dependencia.

2.      Supervisar los dictámenes emitidos por las unidades del Servicio Permanente de Asesoría Jurídica, sobre asuntos a decidir en el ámbito de su competencia material y de grado, para su control técnico y legal.

3.      Emitir dictámenes de asesoramiento jurídico cuando sea necesario, en función del cumplimiento de la reglamentación vigente.

4.      Disponer las medidas necesarias para asegurar una adecuada distribución y cumplimiento de las tareas que desempeña el personal administrativo a su cargo.

5.      Toda otra función que se le asigne.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que la designación del titular de la Secretaría de Asuntos Jurídicos deberá enmarcarse en lo dispuesto por el Artículo 106 – inc. 11 del Estatuto Universitario.

ARTÍCULO  4°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Coordinación de Posgrado y RR II, Radio Universidad, Coordinación Legal y Técnica, Asesoría Jurídica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI