SALTA, 16/12/08.-

Expedientes Nº 23.597/08

RESOLUCION CS 602/08

              VISTO estas actuaciones y en particular el artículo 3º de la Resolución CS Nº 493/08 que expresa: Establecer que los saldos pendientes de rendición de cuentas con una antigüedad que supere los 3 años (cuyos beneficiarios  sean docentes o no docentes que a la fecha de su análisis no se encuentren enmarcados en una relación laboral con la Universidad) y hasta el monto máximo de $ 35,00, sean desafectados  e imputados a gastos.”, y

              CONSIDERANDO:

              Las observaciones y aclaraciones expuestas por el Director de Contabilidad en su nota Nº 227-DC-08 de fecha 12 de noviembre de 2008, quien sugiere la modificación del mencionado Artículo.

              Que se ha tomado conocimiento de la copia de Circular Nº 27/97 de Contaduría General de la Nación, Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos – Secretaría de Hacienda, referente al “Procedimiento para la declaración de deudores incobrables”.

              Que la Sra. Coordinadora Administrativa, Contable y Financiero de Secretaría Administrativa informa sobre la necesidad de rectificar el mencionado Art. 3º de la Resol. CS Nº 493/08, a los fines de enmarcarse en lo dispuesto por la Circular antes citada.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 257/08,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 21º Sesión Ordinaria del 11 de diciembre de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Sustituir el Artículo 3º de la  Resolución CS Nº 493/08, por el siguiente texto:

 “Artículo 3º. “Establecer que los saldos pendientes de rendición de cuentas con una antigüedad de más de 3 años (cuyos beneficiarios  hayan sido docentes o no docentes que a la fecha de su análisis no se encuentren enmarcados en una relación laboral con la Universidad) y que sea inferior a $ 142,41 (pesos ciento cuarenta y dos con cuarenta y un ctvos), sean desafectados  e imputados a gastos, conforme a lo establecido por la Circular Nº 27/97 de  la Contaduría General de la Nación”

ARTICULO 2º.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Consejo de Investigación, Sedes Regionales, Secretarías, Institutos de Educación Media, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI