SALTA, 16/12/08.-
Expedientes Nº 23.597/08
RESOLUCION CS 602/08
VISTO
estas actuaciones y en particular el artículo 3º de la Resolución CS Nº 493/08
que expresa: “Establecer que los saldos pendientes de rendición
de cuentas con una antigüedad que supere los 3 años (cuyos beneficiarios sean docentes o no docentes que a la fecha de
su análisis no se encuentren enmarcados en una relación laboral con la
Universidad) y hasta el monto máximo de $ 35,00, sean desafectados e imputados a gastos.”, y
CONSIDERANDO:
Las
observaciones y aclaraciones expuestas por el Director de Contabilidad en su
nota Nº 227-DC-08 de fecha 12 de noviembre de 2008, quien sugiere la
modificación del mencionado Artículo.
Que
se ha tomado conocimiento de la copia de Circular Nº 27/97 de Contaduría
General de la Nación, Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos –
Secretaría de Hacienda, referente al “Procedimiento para la declaración de deudores
incobrables”.
Que
la Sra. Coordinadora Administrativa, Contable y Financiero de Secretaría
Administrativa informa sobre la necesidad de rectificar el mencionado Art. 3º
de la Resol. CS Nº 493/08, a los fines de enmarcarse en lo dispuesto por la Circular
antes citada.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este
Cuerpo, mediante Despacho N° 257/08,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su 21º
Sesión Ordinaria del 11 de diciembre de 2008)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el Artículo
3º de la Resolución CS Nº 493/08, por el
siguiente texto:
“Artículo 3º. “Establecer que los saldos pendientes de rendición
de cuentas con una antigüedad de más de 3 años (cuyos beneficiarios hayan sido docentes o no docentes que a la
fecha de su análisis no se encuentren enmarcados en una relación laboral con la
Universidad) y que sea inferior a $ 142,41 (pesos ciento cuarenta y dos con
cuarenta y un ctvos), sean desafectados
e imputados a gastos, conforme a lo establecido por la Circular Nº 27/97
de la Contaduría General de la Nación”
ARTICULO 2º.- Hágase
saber, comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Consejo de
Investigación, Sedes Regionales, Secretarías, Institutos de Educación Media,
Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Asesoría
Jurídica, Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, siga a Secretaría
Administrativa para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en
el Boletín Oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI