SALTA, 17/11/08.-

Expedientes Nº 2.533/04

RESOLUCION CS 535/08

VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución CS Nº 210/04, que en su artículo 3º instruye a la Dirección de Asesoría Jurídica a iniciar acciones legales con el objeto de recuperar los lotes 32 y 33 del Departamento de Anta de la Provincia de Salta como Área Natural Provincial Protegida, y

            CONSIDERANDO:

            Que Dirección de Asesoría Jurídica, a fojas 110, informa que con fecha 13/12/04 se interpuso (ante el Juzgado Federal Nº 1) una demanda judicial promoviendo una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad de la Ley Nº 7274 de la Provincia de Salta, promulgada por Decreto Nº 809/04.

            Que la demanda presentada tiene por objeto obtener una declaración judicial de certeza, en virtud de la cual se establezca la nulidad absoluta e insanable de dicho acto estatal y, consecuentemente, su inconstitucionalidad, por afectar directa y manifiestamente garantías reconocidas en la Constitución Nacional (Art. 41 y cctes.).

            Que producido ello, se solicita se retrotraigan las cosas al estado anterior al dictado de la referida Ley y, en consecuencia, se repare el ambiente (natural y social) afectado, a través de la formulación inmediata por parte de la Provincia de Salta y/o Jujuy y/o a la instancia jurisdiccional pertinente, de planes de emergencia ambiental, para la recuperación o mantenimiento de la reserva natural en cuestión y la protección de las poblaciones indígenas y no indígenas que la habitan; así como también la reparación de eventuales daños a terceros, producidos por la actuación estatal provincial.

            Que a fojas 306/311 obra copia de la última presentación efectuada por parte de esta Universidad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos caratulados: “Universidad Nacional de Salta c/Provincia de Salta s/Acción Declarativa” – Expte. Nº U.79.XLI/05.

            Que la Dra. Marta Leonor DE VIANA, docente de la Facultad de Ciencias Naturales e integrante del equipo interdisciplinario de la Universidad que analizó la situación de los lotes 32 y 33, solicita que la Universidad realice una presentación requiriendo Pronto Despacho ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y resuelva la cuestión de fondo, conforme al estado procesal del expediente citado.

            Que este Cuerpo comparte la solicitud formulada por la Msc. DE VIANA, entendiendo que dicha presentación debe viabilizarse a través de la Dirección de Asesoría Jurídica de la U.N.Sa.

            Por ello y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 18º Sesión Ordinaria del 6 de noviembre de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Instruir a la Dirección de Asesoría Jurídica para que realice una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación solicitando Pronto Despacho en los autos caratulados: “Universidad Nacional de Salta c/Provincia de Salta s/Acción Declarativa” – Expte. Nº U.79.XLI/05.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Consejo de Investigación, Direcciones Generales, Dirección de Relaciones Públicas, Asesoría Jurídica, Dra. Marta DE VIANA, Lic. Héctor RODRÍGUEZ y UAI. Cumplido, siga a la Dirección de Asesoría Jurídica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA