SALTA, 20/10/08

Expediente Nº  4.542/08.-

 

RESOLUCIÓN CS Nº 466/08.-

            VISTO estas actuaciones por las cuales la Facultad de Humanidades tramita el beneficio del Año Sabático solicitado por el Lic. Julio Eduardo Fernández Muiños, y

            CONSIDERANDO:

            La Resolución H. Nº 1.225/08 por la cual el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades solicita al Consejo Superior otorgar el beneficio solicitado, por el término de un (1) año, a partir del 1º de julio de 2009.

            Que el citado profesional se desempeña en el cargo de Profesor Regular Adjunto con dedicación semiexclusiva en la asignatura Antropología Rural” de la mencionada Facultad y cumple con los requisitos estipulados en la reglamentación vigente en la materia.

            Que a fojas 2/14, el docente  expresa que el objetivo central del trabajo académico a concretar en el año sabático, consistirá en realizar un análisis crítico de los principales aportes de Marx y Engels como también de los aportes de un grupo de autores principalmente latinoamericanos, a quienes normalmente se individualizan referenciados con el marxismo y con el neomarxismo.         

            Que el artículo 3º de la Resolución CS Nº 472-89 establece: “El beneficio del Año Sabático será acordado por el Consejo Superior y consistirá en una licencia con goce de haberes por un tiempo máximo de un (1) año. El beneficio podrá ser utilizado de manera continua o dividirse en dos (2) períodos.

            Que no existen impedimentos para el otorgamiento del beneficio que solicita el Lic. Julio Eduardo Fernández Muiñoz.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 304/08,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su 16º Sesión Ordinaria del 16 de octubre de 2008)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar el beneficio del Año Sabático al Lic. Julio Eduardo Fernández Muiños, DNI Nº 8.171.896, en el cargo de Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semiexclusiva, a partir del 1º de julio de 2009 y por el término de un año; consecuentemente, tener por acordada licencia con goce de haberes, con encuadre en el artículo 3º de la Resolución CS Nº 472/89 y Resolución CS Nº 343/83.

ARTÍCULO 2º. Notificar al docente beneficiario el artículo 9º de la Resolución CS Nº 472/89 que dice: “Concluido el uso del beneficio, el profesor deberá presentar para su aprobación al Consejo Directivo un informe de la actividad desarrollada”.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Obra Social, Dirección General de Personal, Lic. Fernández Muiños, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

 

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI