SALTA, 11/09/08.-
Expedientes Nº 18.071/07
RESOLUCION CS 381/08
VISTO las presentes actuaciones por
las cuales el Director General de Obras y Servicios, Ing. Jorge Rovaletti, solicita se solucione en forma urgente la
problemática del espacio físico que ocupa el material en desuso de esta
Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 16, el Ing. Rovaletti
fundamenta su pedido en la “economía de proceso” que implica evitar un costo
desmedido en el “Trámite para la enajenación” de un bien en desuso y con poco o
sin valor de reventa, por lo que entiende que se puede autorizar a la Sra.
Rectora a disponer la enajenación de bienes o materiales en desuso, cuyo valor
de tramitación, sea mayor que lo obtenido por la venta.
Que el artículo 100, incisos 17) y
18) del Estatuto Universitario, establece que corresponde a este Cuerpo decidir
patrimonialmente acerca de los bienes de la Universidad.
Que, a fs. 19, obra informe de la
Unidad de Auditoría Interna de esta Universidad, el que no formula objeciones.
Que asimismo, a fs. 20, obra
dictamen Nº 9.841 de Asesoría Jurídica, el que expresa: “Con relación al pedido efectuado en
las presentes actuaciones por el Director General de Obras y Servicios –fs. 16-
referido éste a que el Consejo Superior declare la emergencia y autorice a la
Sra. Rectora a la donación a entidades de bien público sin fines de lucro de
todos los bienes dados de baja que se encuentran “depositados en diferentes
espacios físicos” de la Universidad y teniendo en cuenta el informe de la
Unidad de Auditoría Interna, se aconseja girar las actuaciones al Consejo
Superior a fin que el mismo en uso de las atribuciones que le son propias,
disponga la autorización a la Sra. Rectora para proceder tal como se solicita a
fs. 16.”
Por ello y atento a lo aconsejado por Comisión de Hacienda, mediante
Despacho Nº 176/08,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimocuarta
Sesión Ordinaria del 11 de setiembre de 2008)
R
E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Sra.
Rectora a disponer la transferencia sin cargo a entidades de bien público sin
fines de lucro, de bienes en desuso dados de baja (hasta la fecha) por esta
Universidad, previo informe de la Dirección de Patrimonio, Asesoría Jurídica y
Unidad de Auditoría Interna.
ARTÍCULO 2°.-
Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
Coordinación de Posgrado y RRII, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección
de Patrimonio, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI