SALTA, 31/07/08.-
Expedientes Nº 12.117/07
RESOLUCION CS 316/08
VISTO las presentes actuaciones por
las cuales la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD tramita Concurso Público de
antecedentes y pruebas de oposición para cubrir un (1) cargo de Profesor Regular en la Categoría de
Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura METODOLOGÍA DE LA
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA – Carreras de Enfermería (Plan 1984) y Nutrición (Plan
2004), y
CONSIDERANDO:
Que se han cumplimentado todos los trámites
reglamentarios previstos en el Reglamento de Concurso de Profesores Regulares,
Res. CS Nº 350/87 y modificatorias.
Que el Jurado se expidió en tiempo y forma, aconsejando
en forma unánime la designación de la Lic. Mirella Beatriz PERALTA en el cargo
motivo de este Concurso.
Que, atento a lo establecido en el inciso b) del artículo
53 del Reglamento vigente, el Consejo Directivo de la citada Facultad, mediante
Resolución Nº 216/08, aprueba el dictamen del Jurado interviniente y propone la
designación de la mencionada profesional en el referido cargo.
Por ello y atento a lo aconsejado
por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho
Nº 198/08,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Undécima Sesión
Ordinaria del 31 de julio de 2008)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Designar a la Lic.
Mirella Beatriz PERALTA, DNI 16.899.179, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de
Adjunto con Dedicación Exclusiva para la asignatura METODOLOGÍA DE LA
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA – Carreras de Enfermería (Plan 1984) y Nutrición (Plan
2004) de la FACULTAD DE
CIENCIAS DE LA SALUD, a partir de la efectiva toma de posesión de funciones y
por el término de cinco (5) años o hasta el cumplimiento de la edad prevista en
el artículo 27 del Estatuto de la Universidad, si esto último se produce antes.
ARTÍCULO 2º.-
Establecer que la docente designada deberá cumplir sus funciones en la
asignatura motivo de este concurso y/o en cualquiera otra de la misma área o
disciplina afín, de acuerdo a su especialización, necesidades de la Facultad y
de su dedicación, según lo determine el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS DE LA SALUD, mediante Resolución fundada, todo ello de conformidad con
el Estatuto de la Universidad, según lo dispone el Artículo 65 bis de la
resolución CS Nº 350/87 y modificatorias..
ARTÍCULO 3º.- Imputar
el presente gasto en la respectiva partida individual de la Planta de Personal
Docente de la citada Facultad – Ejercicio 2008.
ARTÍCULO 4º.-
Comuníquese con copia a : Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Obra
Social, Dirección General de Personal, docente designada, UAI y Asesoría
Jurídica. Cumplido siga a la Facultad de Ciencias de la Salud para su toma de
razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta
universidad.
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA