SALTA, 19/06/08.-

Expediente Nº 2.526/07 y 2.503/93

RESOLUCION CS 231/08

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Rectora solicita que el Cuerpo disponga la continuidad del pago de Sumas Remunerativas No Bonificables y el Adicional por Presentismo al Personal de Apoyo Universitario de esta Universidad, a partir del mes de junio de 2008, y

CONSIDERANDO:

            Que este Cuerpo, mediante Resolución CS Nº 147/08, acordó mantener el pago de estos adicionales para los meses de abril y mayo de 2008, con los montos informados por Dirección General de Personal al mes de Octubre/07.

            Que la Comisión Negociadora de Nivel Particular continúa con el tratamiento de estos adicionales y, mediante acta de fecha 13 de junio de 2008, acordó solicitar a este Cuerpo disponga el pago de los mismos por los meses de Junio-Julio-Agosto de 2008.

            Que la presente se dicta a los fines de autorizar a la Dirección General de Personal a continuar con la liquidación de los referidos adicionales.

Por ello, luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Novena Sesión Ordinaria del 19 de junio de 2008)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Disponer el pago de las Sumas Remunerativas No Bonificables y el Adicional por Presentismo por los meses de Junio-Julio-Agosto de 2008, en los montos y condiciones que fueron establecidos, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Personal al mes de octubre 2007 y sujeto a novedades que, sobre el tema, disponga la Comisión Negociadora de Nivel Particular para el Sector de Personal de Apoyo Universitario.

 

ARTÍCULO  2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Dirección de Relaciones Públicas, Radio Universidad, APUNSA, Comisión Paritaria PAU, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-    

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA  PEREZ DE BIANCHI