SALTA,
14/03/08.-
Expediente
Nº 2.537/01.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 082/08.-
VISTO que el 24 de marzo
de 2008 se cumplen 32 años del último Golpe Militar que derrocó un gobierno
democrático en Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que esa dictadura
militar provocó la desaparición, tortura y muerte de miles de personas,
haciendo uso ilegítimo del poder y abuso de las armas que le diera el mismo
pueblo al que atacó.
Que un Estado que debe
regirse por la ley y el concepto de derecho ciudadano, no puede ejercer el
poder en forma arbitraria en contra de personas civiles, acudiendo a
metodologías reñidas con toda ética, como lo son la detención clandestina de
personas, hombres, mujeres y niños; la traición; la vejación y tortura de seres
humanos; la utilización encubierta de instalaciones, armas y personal de las
fuerzas creadas para la defensa del pueblo, en contra de personas que, por
añadidura, no tenían orden de detención ni causa abierta en la justicia.
Que resulta inaceptable
que, bajo la hipótesis de la lucha contra una supuesta guerra contra el
terrorismo, el Estado aplique metodologías terroristas en contra de sus
ciudadanos y ciudadanos de otros países.
Que nuestra conciencia
debe expresar la condena permanente a los personeros del terror, a pesar de las
leyes de Obediencia Debida, de Punto Final del gobierno de Raúl Alfonsín y del
Indulto de Carlos Menem.
Que por resolución C.S.
Nº 535/07, el Consejo Superior de esta Universidad resolvió solicitar a la Sra.
Rectora que constituya a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA como parte
querellante en el Expte. Judicial Nº 286/04: “Ovalle, Juan Manuel; Guil,
Joaquín y Murua, Abel/infrac. Art. 141, 144 bis, 142 y 144. Víctima: Silvia
Aramayo y otros”, adhiriendo a las pruebas producidas en la causa citada
precedentemente, referentes al
relevamiento de los lugares en
que se mantuvo privadas de su libertad a las víctimas, y en los que
probablemente hayan permanecido en igual situación otras personas secuestradas,
sometidas a torturas y objeto de desapariciones forzadas.
Que miembros de la
comunidad universitaria salteña fueron desaparecidos y asesinados por la
Dictadura Militar, como denuncia el informe presentado por la UNSa en la causa de referencia, en el
que se denuncian las desapariciones de Silvia Benjamina Aramayo, Luis Alberto
Calou, Raúl Humberto Machaca y Pedro José Tufiño, entre otros, muchos de ellos
docentes, estudiantes y Personal de apoyo universitario de la Universidad
Nacional de Salta, epicentro del terrorismo de estado elegido perfectamente por
el Estado terrorista en Salta.
Que
en virtud de la resolución citada precedentemente, la Sra. Rectora presentó
querella en los juzgados federales de la ciudad de Salta, en virtud que los
crímenes que aquí se cometieron, se encuentran dentro de los denominados
delitos de lesa humanidad, y por lo tanto son delitos de derecho internacional
imprescriptibles e irrenunciables, ya que no constituyen sólo la violación de
los derechos humanos de algunos individuos, sino que por su escala, número y
gravedad, son crímenes contra la humanidad.
Que
se encuentra probado que, en el marco de la dictadura que inconstitucionalmente
gobernó nuestro país durante los años 1976 a 1983, funcionaron en la ciudad de
Salta y sus alrededores algunos Centros Clandestinos de Detención, torturas y
exterminio –CCD-, bajo el Comando del III Cuerpo de Ejército a cargo del
entonces Gral. Luciano Menéndez, investigaciones que se encuentran acreditadas
en distintos autos que se investigan en la presente jurisdicción. Entre otros
la “Delegación Policía Federal de Salta”, “Jefatura de Policía de la provincia
de Salta”, “Comisarías provinciales (1ra, 3ra y 4ta de Salta y la comisaría de
Tartagal)”, “Paraje Palomitas”, “Regimiento de Infantería Monte 28” (Tartagal),
entre otras, conforme surge del NUNCA MAS, Anexos Tomo II, pág. 1258.
Que todas las personas
afectadas por la represión fueron ciudadanos de nuestro pueblo, del que esta
Universidad se siente parte indisoluble.
Que, en memoria de los
desaparecidos, nuestro compromiso debe solidificar las libertades y los
derechos del hombre en el marco del sistema democrático.
Que el nefasto “Proceso
de Reorganización Nacional” multiplicó por siete la deuda externa, provocando
la entrega del país y generando las condiciones para la privatización de las
empresas públicas.
Que ante el proceso de
entrega debemos destacar la resistencia que el pueblo argentino tuvo en esos
años y mantiene actualmente, especialmente de las Madres y Abuelas de Plaza de
Mayo, de los partidos políticos populares y parte del sindicalismo, que en
todos estos años mantuvieron viva la llama de los derechos humanos.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la
Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 037/08,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Primera Sesión Extraordinaria del 13
de marzo de 2008)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Repudiar
la sangrienta represión contra la población civil perpetrada por la Dictadura
Militar que accediera ilegítimamente al poder el 24 de Marzo de 1976.
ARTÍCULO 2º.- Rendir
homenaje a la memoria de los miembros de esta Comunidad Universitaria
desaparecidos y víctimas de la represión.
ARTÍCULO 3º.- Adherir a
los actos que se realicen en rechazo del Golpe de Estado.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar
la presente resolución a: Señora Presidenta de la Nación Argentina, Sra.
Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Centros de Estudiantes, Comisión de
Derechos Humanos de la Universidad, Asociación Madres de Plaza de Mayo,
Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, FUA, ADIUNSa., APUNSa., Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos de la Provincia de Salta, Concejo Deliberante de la Ciudad
de Salta, Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Salta, Secretaria
de Derechos Humanos de la Provincia de Salta, Consejo lnteruniversitario
Nacional, Ministerio de Justicia de la Nación Argentina, Secretaria de Derechos
Humanos de la Nación Argentina, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
de la Nación Argentina y Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación
Argentina. Cumplido, manténgase en reserva. Asimismo, publíquese en el boletín
oficial de esta universidad.-
RSR
FDO:
PROF. JUAN A. BARBOSA - SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR
ING.
STELLA M. PÉREZ DE BIACHI - RECTORA