SALTA,
23/11/07.-
Expediente N° 23.467/07.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 483/07.-
VISTO estas actuaciones por las cuales el
Director General de Personal informa sobre la situación particular de
CONSIDERANDO:
Que en dicho informe
expresa: “Un
caso particular que se presenta es en relación al personal no reencasillado:
Cruz, A. A.: Por haber obtenido el beneficio de la jubilación ordinaria, se
dispone la continuidad en el cargo de Directora de Control Curricular, en
carácter de interino, desde 01-10-01 y hasta el llamado a concurso. No se
liquidó sueldo de octubre/07. La contradicción que se presenta es la siguiente:
se trata de un personal designado en forma interina, trabajó en el mes de
octubre (certificado) y como cualquier trabajador tiene derecho a cobro de la
remuneración periódica. Para una persona designada y certificado la real
prestación del servicio en el mes, el derecho laboral y la jurisprudencia del
caso determina que le corresponde cobrar un sueldo y que se lo liquide como
tal. El hecho que antes del reencasillamiento se lo imputaba a un cargo puntual
y ahora dicho cargo no existe, implica que se tendrá que imputar a las
economías, que es un tema interno de la patronal determinar dónde se lo
imputará, pero la situación del agente es clara. Hasta tanto la resolución de
designación no sea dejada sin efecto y constatándose la real prestación de
servicios, el derecho a cobro de su remuneración es real. En este aspecto se
denota una situación poco clara, la cual resulta del reencasillamiento
realizado.”
Que a juicio de este Cuerpo corresponde
autorizar el pago de los haberes a
Por ello y teniendo en cuenta lo aconsejado por
EL CONSEJO SUPERIOR DE
(en su 18º Sesión Ordinaria del 22
de noviembre de 2007)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Establecer que
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el gasto que demande la presente, será
imputada a economías del Inciso I – Ejercicio 2007.
ARTÍCULO 3°.-
Comuníquese con copia a: Rectorado, Secretaría Administrativa, Secretaría
Académica, Dirección de Control Curricular, Dirección General de Personal, Sra.
Amelia Cruz de Correa, UAI y Asesoría
Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN
A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA