SALTA, 03/10/07.-

Expediente N° 11.161/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 379/07.-

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Bioq. María Margarita Canalda de Vercelli solicita “Invalidación de la inscripción” efectuada por el Farm. Oscar Joaquín Díaz, como postulante en el concurso convocado para  cubrir un (1) cargo de Profesor Regular en la categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva para la asignatura QUÍMICA ORGANICA APLICADA para las Carreras de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones e Ingeniería en Perforaciones que se dictan en Sede Regional Tartagal (Resolución RNAT Nº 0834/05 - expediente Nº 20.460/04), y

            CONSIDERANDO:

            Que fundamenta su pedido, denunciando que hasta el día 25 de octubre la Facultad no habría publicado la nómina de inscriptos, plazo que habría vencido el día 24  de octubre de 2005 a hs. 9, luego del cierre de inscripción previsto para el día 19 del mismo mes a hs. 13.

            Que a fojas 5 de este expediente obra fotocopia simple de la ficha de inscripción al concurso suscrita por el Farm. Oscar J. Días y recibida el día 18 de octubre, por el Director Administrativo Académico de la Facultad de Ciencias Naturales.

            Que a fs. 24 obra Dictamen Nº 8909 que dice: “Con relación a la consulta formulada respecto al concurso para cubrir un cargo de Profesor Adjunto semiexclusiva para la asignatura Química Orgánica aplicada, y atento las constancias obrantes en el expediente, las que deben ratificarse mediante certificación por ser fotocopias simples (fs. 5 y 20), el Sr. Oscar Joaquín Díaz se inscribió como postulante en dicho concurso en la Facultad de Ciencias Naturales el día 18/10/05 (fs 5) y el cierre de inscripción fue formalizado mediante acta el día 19/10/05 por el director Administrativo Académica de dicha Facultad (fs. 20). Por tanto, de certificarse las fotocopias simples o con el agregado de los originales, queda acreditada la inscripción del postulante Díaz en tiempo y forma”.

            Que a fs. 25 y 26 obra documentación certificada como copia fiel, por Secretaría de la Facultad, con lo cual el Dictamen Nº 8909 queda perfeccionado.

            Que a fs. 27, Comisión de Docencia y Disciplina de la Facultad de Ciencias Naturales, en Despacho de fecha 11 de setiembre de 2006, aconseja no hacer lugar al pedido planteado por la Bioq. María Margarita Canalda de Vercelli, cuestión analizada por el Consejo Directivo, resolviendo en su momento no hacer lugar a su requerimiento y remite las actuaciones a la Dirección Administrativa Económica a fin de formalizar el acto resolutivo.

            Que en fecha 21 de diciembre de 2005, mediante Resolución CDNAT-2005-0539, el consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales resolvió no hacer lugar al pedido de invalidación de inscripción, interpuesto por la Bioq. María Margarita Canalda de Vercelli.

            Que, se observa que esta Resolución no fue notificada a la Bioq. Canalda de Vercelli.

            Que a fs. 14, la Bioq. Canalda de Vercelli afirma nuevamente que conforme los hechos seguidos por ella misma, la nómina de todos los inscriptos no fue exhibida dentro de los dos días de cerrada la inscripción, violándose lo establecido por el Reglamento de concursos para la Provisión de cargos de Profesores Regulares en su artículo 19: Publicidad de inscripciones”, mostrando como prueba documental la nómina de todos los inscriptos, recibida vía fax en Tartagal, el día 25 de octubre de 2005 a hs. 11:23.

            Que solicita en ese mismo acto, se reconsidere lo actuado en el presente expediente, “a los fines de ofrecer la transparencia y seriedad que el tema requiere”.

            Que este Cuerpo advierte que de la documental agregada a este expediente no se puede dar fe que el Acta/s de Cierre de Inscripciones se hayan efectivamente publicado en tiempo y forma debidos, lo cual surge recién en fecha 25 de octubre, es decir con posterioridad al vencimiento de estos plazos.

            Que esta falta producida en la Dirección Administrativa Académica de la Facultad de Ciencias Naturales viola el Art. 19 del Reglamento de Concursos de Profesores Regulares que establece: “PUBLICIDAD DE LAS INSCRIPCIONES. Dentro de los dos (2) días de cerrada la inscripción, deberá confeccionarse la nómina de todos los inscriptos y ser exhibida en los avisadores de la Facultad durante diez (10) días corridos, período durante el cual los concursantes podrán, por escrito, solicitar vistas de las demás presentaciones.”

            Que esta causa invalida todo el procedimiento posterior en el trámite del concurso de referencia.

            Que ha tomado debida intervención Asesoría Jurídica de esta Universidad, quien emitió su Dictamen Nº 9252 (fs. 31)

Que tanto la Sra. Rectora como el Sr. Vicerrector se abstuvieron

POR ELLO y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 197/07 (modificado),

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimocuarta Sesión Ordinaria del 27 de setiembre de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto “por vicios de procedimiento” el concurso convocado por la Facultad de Ciencias Naturales para cubrir un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva para la asignatura QUÍMICA ORGANICA APLICADA para las Carreras de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones e Ingeniería en Perforaciones que se dictan en Sede Regional Tartagal, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Naturales, Sede Regional Tartagal, postulantes inscriptos, miembros del jurado, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Naturales a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.