SALTA,
03/10/07.-
Expediente
N° 11.161/05.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 379/07.-
VISTO
las presentes actuaciones por las cuales la Bioq. María Margarita
Canalda de Vercelli solicita “Invalidación de la inscripción” efectuada por el
Farm. Oscar Joaquín Díaz, como postulante en el concurso convocado para cubrir un (1) cargo de Profesor Regular en la
categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva para la asignatura QUÍMICA ORGANICA
APLICADA para las Carreras de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones e
Ingeniería en Perforaciones que se dictan en Sede Regional Tartagal (Resolución
RNAT Nº 0834/05 - expediente Nº 20.460/04), y
CONSIDERANDO:
Que
fundamenta su pedido, denunciando que hasta el día 25 de octubre la Facultad no habría
publicado la nómina de inscriptos, plazo que habría vencido el día 24 de octubre de 2005 a hs. 9, luego del
cierre de inscripción previsto para el día 19 del mismo mes a hs. 13.
Que a fojas 5 de este expediente
obra fotocopia simple de la ficha de inscripción al concurso suscrita por el
Farm. Oscar J. Días y recibida el día 18 de octubre, por el Director
Administrativo Académico de la
Facultad de Ciencias Naturales.
Que a fs. 24 obra Dictamen Nº 8909
que dice: “Con relación a la consulta
formulada respecto al concurso para cubrir un cargo de Profesor Adjunto
semiexclusiva para la asignatura Química Orgánica aplicada, y atento las
constancias obrantes en el expediente, las que deben ratificarse mediante
certificación por ser fotocopias simples (fs. 5 y 20), el Sr. Oscar Joaquín
Díaz se inscribió como postulante en dicho concurso en la Facultad de Ciencias
Naturales el día 18/10/05 (fs 5) y el cierre de inscripción fue formalizado
mediante acta el día 19/10/05 por el director Administrativo Académica de dicha
Facultad (fs. 20). Por tanto, de certificarse las
fotocopias simples o con el agregado de los originales, queda acreditada la
inscripción del postulante Díaz en tiempo y forma”.
Que a fs. 25 y 26 obra documentación
certificada como copia fiel, por Secretaría de la Facultad, con lo cual el
Dictamen Nº 8909 queda perfeccionado.
Que a fs. 27, Comisión de Docencia y
Disciplina de la Facultad
de Ciencias Naturales, en Despacho de fecha 11 de setiembre de 2006, aconseja
no hacer lugar al pedido planteado por la Bioq. María Margarita
Canalda de Vercelli, cuestión analizada por el Consejo Directivo, resolviendo
en su momento no hacer lugar a su requerimiento y remite las actuaciones a la Dirección Administrativa
Económica a fin de formalizar el acto resolutivo.
Que en fecha 21 de diciembre de
2005, mediante Resolución CDNAT-2005-0539, el consejo Directivo de la Facultad de Ciencias
Naturales resolvió no hacer lugar al pedido de invalidación de inscripción,
interpuesto por la Bioq.
María Margarita Canalda de Vercelli.
Que, se observa que esta Resolución
no fue notificada a la
Bioq. Canalda de Vercelli.
Que a fs. 14, la Bioq. Canalda de
Vercelli afirma nuevamente que conforme los hechos seguidos por ella misma, “la nómina de todos los inscriptos no fue
exhibida dentro de los dos días de cerrada la inscripción, violándose lo
establecido por el Reglamento de concursos para la Provisión de cargos de
Profesores Regulares en su artículo 19: Publicidad de inscripciones”,
mostrando como prueba documental la nómina de todos los inscriptos, recibida
vía fax en Tartagal, el día 25 de octubre de 2005 a hs. 11:23.
Que solicita en ese mismo acto, se
reconsidere lo actuado en el presente expediente, “a los fines de ofrecer la transparencia y seriedad que el tema
requiere”.
Que
este Cuerpo advierte que de la documental agregada a este expediente no se
puede dar fe que el Acta/s de Cierre de Inscripciones se hayan efectivamente
publicado en tiempo y forma debidos, lo cual surge recién en fecha 25 de
octubre, es decir con posterioridad al vencimiento de estos plazos.
Que esta falta producida en la Dirección Administrativa
Académica de la Facultad
de Ciencias Naturales viola el Art. 19 del Reglamento de Concursos de
Profesores Regulares que establece: “PUBLICIDAD
DE LAS INSCRIPCIONES. Dentro de los dos (2) días de cerrada la inscripción,
deberá confeccionarse la nómina de todos los inscriptos y ser exhibida en los
avisadores de la Facultad
durante diez (10) días corridos, período durante el cual los concursantes
podrán, por escrito, solicitar vistas de las demás presentaciones.”
Que esta causa invalida todo el
procedimiento posterior en el trámite del concurso de referencia.
Que ha tomado debida intervención
Asesoría Jurídica de esta Universidad, quien emitió su Dictamen Nº 9252 (fs.
31)
Que tanto la Sra. Rectora como el Sr.
Vicerrector se abstuvieron
POR ELLO y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia,
Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 197/07 (modificado),
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimocuarta
Sesión Ordinaria del 27 de setiembre de 2007)
R E S U E L
V E :
ARTÍCULO
1º.- Dejar sin efecto “por vicios de procedimiento” el concurso convocado por la Facultad de Ciencias
Naturales para cubrir un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
para la asignatura QUÍMICA ORGANICA APLICADA para las Carreras de Tecnicatura
Universitaria en Perforaciones e Ingeniería en Perforaciones que se dictan en
Sede Regional Tartagal, por las razones expuestas en los considerandos de la
presente.
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Naturales,
Sede Regional Tartagal, postulantes inscriptos, miembros del jurado, UAI y
Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Naturales a sus efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.