SALTA,
03/09/07.-
Expediente
Nº 23.324/07.-
RESOLUCIÓN CS Nº 305/07.-
VISTO el Acuerdo Paritario celebrado
por el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), GREMIOS DOCENTES,
CONSIDERANDO:
Que en dicho acuerdo se establecieron
variaciones en las escalas de sueldos para el mes de Junio de 2007,
correspondiente al Personal Docente Preuniversitario y Personal No Docente
Universitario (PAU), respectivamente.
Que asimismo, el 11 de junio del
cte. año, se recibió el instructivo para elaborar la liquidación salarial del citado
mes al personal docente preuniversitario y PAU, en base al acuerdo celebrado.
Que
Por ello y atento a lo
aconsejado por
EL CONSEJO SUPERIOR DE
(en
su Duodécima Sesión Ordinaria del 23 de agosto de 2007)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Convalidar las
liquidación de sueldos realizadas por Dirección General de Personal con
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que
el adicional fijado para el personal docente preuniversitario se realiza en
función de la asignación FONID, revistiendo a la fecha los pagos realizados por
tal concepto el carácter de anticipo, lo cual puede originar modificación en el
pago del adicional que prevé la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar las escalas de sueldos que
figuran como ANEXO I – Junio/07 – Personal No Docente Universitario (PAU) y
ANEXO II – Junio/07 – Personal Docente Preuniversitario, las cuales forman
parte de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a: Rectorado,
Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Dirección General de Administración,
Dirección General de Personal, Consejo de Investigación, UAI y Asesoría
Jurídica. Cumplido, siga a
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI