SALTA, 27/08/07

Expediente N° 659/07.-

RESOLUCIÓN CS Nº 294/07.-

 VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Asociación de Personal de la Universidad Nacional de Salta (APUNSa.) solicita anticipo de sueldo, correspondiente a los meses de junio y julio de 2007, y

CONSIDERANDO:

            Que ha concluido el proceso de reencasillamiento del personal de apoyo universitario de esta Universidad, según consta en acta de la Comisión Negociadora de Nivel General para el Sector No Docente de fecha 04/07/07.

            Que dicha acta fue homologada por este Cuerpo mediante Resolución CS Nº 246/07.

            Que, asimismo, la Sra. Rectora solicita se autorice la liquidación (en carácter de anticipo de fondos) correspondiente al mes de agosto 2007, teniendo en cuenta que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación remitirá los fondos una vez cumplimentado el envío de planillas, que incluye adicionales por parte de la Comisión Paritaria Local.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 050/07,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Duodécima Sesión Ordinaria del 23 de agosto de 2007)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a Rectorado a disponer la liquidación, en carácter de anticipo de fondos, de las sumas que efectivamente se determinen por aprobación del proceso de reencasillamiento del personal de apoyo universitario, correspondientes  a los meses de junio, julio y agosto de 2007.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección General de Personal, Dirección de Contabilidad, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI