SALTA, 16/08/07

 

Expediente N° 186/07; 317/07; 318/07;

350/07 y 351/07.-

RESOLUCIÓN CS Nº 291/07.-

            VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Universidad Nacional de Salta designa a docentes varios para cumplir funciones propias Ciclo Introductorio para los Estudios Universitarios (CILEU), que coordina la Secretaría Académica de esta Universidad, y

            CONSIDERANDO:

            Que en los expedientes de la referencia obran informes emitidos por Dirección General de Personal, sobre situación de incompatibilidad en el que se encontraron comprendidos los siguientes docentes: Juan Carlos Rosales, Silvana Mercedes del Milagro Puca, Nilda Graciela Méndez, Mirta Adriana Ovejero y Cristina Olga Basualdo.

            Que Dirección de Sumarios emite Dictamen Nº 63 que dice: “...Ahora bien el Prof. ......, se presentó a una oposición académica, inexorablemente conoció y aceptó los términos de la convocatoria respectiva regulada por la resolución rectoral nº 1.120/06. La citada resolución rectoral en su artículo 8, remite a la resolución administrativa del consejo Superior nº 438/06, la que en su primer artículo, estableció las excepciones al Régimen de Incompatibilidad (aprobado por resolución CS nº 429/99) para  el personal que se desempeñe en los cursos nivelatorios o de apoyo para el CILEU - Ingreso 2007- que tendrán una duración no mayor de cuatro meses y en el primer párrafo dispone que se puede acumular cargos docentes universitarios que no superen las 60 (sesenta) horas semanales siempre que no se registre superposición horaria...”.

            Que las designaciones eran por un período de tres (3) meses, con finalización a fines de marzo del corriente año.

            Que Dirección General de Personal advierte sobre las incompatibilidades, cuando ya se habían cumplidos los períodos de designación, lo que deviene extemporáneo y se genera consecuentemente un derecho a la percepción de los haberes respectivos, a favor de los docentes que cumplieron con las tareas encomendadas en los respectivos actos de designación.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 099/07,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 9 de agosto de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Disponer como medida de excepción y por única vez,  la liquidación y pago de los haberes correspondientes a las designaciones de los docentes Juan Carlos Rosales, Silvana Mercedes del Milagro Puca, Nilda Graciela Méndez, Mirta Adriana Ovejero y Cristina Olga Basualdo, por el período en que cumplieron funciones en el CILEU.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que tanto Secretaría Académica como Dirección General de Personal deberán tomar los recaudos necesarios para evitar en el futuro situaciones similares a las que se presentaron en estos actuados.

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Secretaría Académica, Dirección General de Personal, docentes mencionados, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-                                                                     RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI