SALTA, 13/08/07
Expediente
Nº 12.001/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 281/07.-
VISTO
estas actuaciones por las cuales la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD tramita el Concurso
Público de Títulos, Antecedentes y Pruebas de Oposición, para cubrir un cargo
de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con
Dedicación Exclusiva para la asignatura
PRÁCTICA INTEGRAL – Carrera de Nutrición (Plan 2004), y
CONSIDERANDO:
Que
se ha dado cumplimiento con los trámites reglamentarios previstos en Resolución
CS N° 350/87 y modificatorias.
Que
el Jurado se expidió en tiempo y forma, aconsejando en forma unánime la
designación de la Lic.
Eugenia María VILLAGRÁN en el cargo motivo de este Concurso.
Que, atento a lo
establecido en el inciso b) del artículo 53 del Reglamento vigente, el Consejo
Directivo de la citada Facultad, mediante Resolución N° 195/07, aprueba el
dictamen del Jurado interviniente y propone la designación de la mencionada
profesional en el referido cargo.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA,
INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 195/07,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Undécima Sesión Ordinaria del 9 de agosto de 2007)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1°.- Designar a la Lic. Eugenia
María VILLAGRÁN, DNI Nº 17.131.730, en el cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con
Dedicación Exclusiva para la asignatura
PRÁCTICA INTEGRAL – Carrera de Nutrición (Plan 2004) de
la FACULTAD DE
CIENCIAS DE LA SALUD,
a partir de la efectiva toma de posesión de funciones y por el término de cinco
años, o hasta el cumplimiento de la edad prevista en el artículo 27 del
Estatuto de la Universidad,
si esto último se produce antes.
ARTÍCULO
2°.- Establecer que la docente designada deberá cumplir sus funciones en la
asignatura motivo de este concurso y/o en cualquiera otra de la misma área o
disciplina afín, de acuerdo a su especialización, necesidades de la Facultad y su dedicación, según
lo determine el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD mediante Resolución
fundada, todo ello de conformidad con el
Estatuto de la
Universidad, según lo dispone el Artículo 65 bis de la
resolución CS Nº 350/87 y modificatorias.
ARTÍCULO 3º.- Imputar el presente
gasto en la respectiva partida individual de la Planta de Personal Docente
de la citada Facultad.
ARTÍCULO
4º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Obra Social,
Dirección General de Personal, docente designada, UAI y Asesoría Jurídica.
Cumplido siga a la mencionada Unidad Académica para su toma de razón y demás
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI