Expediente
Nº 17.070/05.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 262/07.-
VISTO
estas actuaciones relacionadas con el Reglamento de Becas aprobado por
Resolución CS Nº 005/06, y
CONSIDERANDO:
Que
Que el Artículo 10 del Reglamento de
Becas, prevé la representación estudiantil, posibilitando la integración de un
(1) representante por cada Facultad, lo que se estima pertinente y suficiente.
Que las reuniones de Comisión de
Becas, son de carácter público, por lo que el titular de
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por
EL
CONSEJO SUPERIOR DE
(en su Décima Sesión Ordinaria del
26 de julio de 2007)
R
E S U E L V E:
ARTÌCULO
1º.- No hacer lugar a la solicitud planteada por
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
FUSa., Secretaría de Bienestar Universitario, Departamento de Becas, UAI y
Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría de Bienestar Universitario a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI