Expediente
Nº 16.536/99.-
RESOLUCIÓN CS Nº 252/07.-
VISTO las presentes actuaciones y, en
particular las Resolución CS Nº 432/99, por la cual se aprueba el Régimen de
Subsidio de Apoyo a
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 10 del referido régimen establece: “En el caso de subsidios acordados por montos superiores a PESOS DOS
MIL ($ 2.000) los mismos deberán depositarse y movilizarse exclusivamente a
través de una cuenta bancaria de caja de ahorro abierta a ese sólo fin en un
banco oficial a nombre del titular del beneficio...”
Que
el Presidente del Consejo de Investigación, mediante nota de fecha 26/07/07,
solicita modificación al Artículo 10 del referido régimen, con el objeto de
incrementar el monto allí establecido hasta la suma de PESOS CINCO MIL ($
5.000,oo), atendiendo a la necesidad de concretar una actualización del importe
previsto en la actual normativa.
Que este Cuerpo encuentra atendible
la solicitud formulada por el Presidente del CIUNSa.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y luego de constituido en Comisión,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE
(en su Décima Sesión Ordinaria del 26
de julio de 2007)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1°.- Modificar el Artículo 10 del Régimen de Subsidios de Apoyo a
Cuando el docente sea titular de más
de un subsidio del Consejo de Investigación, ellos podrán administrarse
mediante una sola cuenta y los intereses y gastos bancarios se prorratearán
entre los distintos subsidios en función de sus respectivos montos.”
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
Consejo de Investigación, Dirección General de Administración, Dirección de
Presupuesto, Dirección de Contabilidad, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga
al Consejo de Investigación para su toma de razón y demás efectos. Asimismo,
publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI