SALTA, 23/07/07

Expediente N° 23.567/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 243/07.-

            VISTO las presentes actuaciones y, en particular la Resolución CS Nº 307/05, por la cual se amplía a PESOS CINCO MIL ($ 5.000) el monto establecido en el artículo 1º de la Resolución CS Nº 235/92 (autorización para convenir ensayos de laboratorio, mediciones, controles, entre otros) – Servicio Técnico Repetitivo, y

            CONSIDERANDO:

            Que en Comisión de Hacienda de este Cuerpo se acordó solicitar a la Unidad de Auditoría Interna informe sobre base imponible; índice de actualización del referido monto e incorporación de Capacitación Académica a Empresas.

            Que en respuesta a lo solicitado, el entonces Auditor Titular de la Unidad de Auditoría Interian, Cr. Sergio E. Villalba, informa:

1.- Base Disponible: no resulta claro a qué concepto se refiere, solicitándoles tengan a bien aclarar el mismo.

2.- Índice de actualización: a fs. 5, en el proyecto de resolución presentado por la UAI, artículo 2º se proponía aplicar el Índice de Precios al Consumidor que emite mensualmente el INDEC, pues consideramos el más adaptable a los presentes fines. El modo de uso del mismo, en el caso de querer actualizar el importe de $ 5.500,00 sería el siguiente

¨5.500xÍndice de la Fecha de Actualización (Por ej. 01/01/2007)=5.500,00x 88,81 = 6375,19

Índice de la Fecha de origen del importe (Agosto 2005)                        162,89

El importe de $ 6.375,19 sería el valor de los $ 5.500 actualizados a enero de 2007. De ese mismo modo se podría prever una actualización anual o semestral.

3.- Incorporación de Capacitación Académica a Empresas: consideramos que la incorporación de este tipo de servicios debe efectivamente realizarse, en virtud que existe una importante demanda del sector privado de Capacitación, sin embargo consideramos que dicha modificación debería ser analizada en el momento de dictar la norma integral sobre Recursos Propios de la Universidad”.

POR ELLO y teniendo en cuenta lo aconsejado por Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 045/07,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Novena Sesión Ordinaria del 5 de julio de 2007)

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución CS Nº 307/05, conforme al siguiente texto:

“ARTICULO 1º.- Ampliar a PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 19/100 ($6.375,19), el monto establecido en el Artículo 1º de la Resolución C.S. Nº 235/92.”

ARTICULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Consejo de Investigación, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Comisión de Hacienda de este Cuerpo a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI