SALTA, 24/05/07.-

Expediente N° 2.503/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 168/07.-

VISTO el Decreto Nº 366/06 por el cual el Poder Ejecutivo Nacional homologa el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el sector no docente de las instituciones universitarias nacionales, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio fue celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional (C.I.N.) y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales (F.A.T.U.N.).

Que por Resolución C.S. Nº 036/98, se resolvió establecer que los acuerdos paritarios a los que arriben los representantes designados ante la Comisión Negociadora del Nivel Particular, estarán sujetos a aprobación de este Consejo Superior para su ejecución.

Que se realizaron sendas reuniones de Comisión Negociadora del Nivel Particular, llevadas a cabo el 18/04/2007 y 18/05/2007, en las cuales se abordaron temas referidos al Proceso de Reencasillamiento que se lleva a cabo en esta Universidad en el marco del referido Convenio, resultando las actas respectivas.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 6º Sesión Extraordinaria del 24 de mayo de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Aprobar las actas de la Comisión Negociadora del Nivel Particular cuyo texto obran como Anexos I y II de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Ministerio de Trabajo de la Nación, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Comisión Negociadora, Direcciones Generales, APUNSa, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, gírese a Comisión Negociadora del nivel particular. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI