SALTA, 18/05/07.-

Expediente N° 572/00.-

RESOLUCIÓN CS Nº 167/07.-

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Consejero Superior, Ing. Fernando Tilca, solicita se considere la posibilidad de modificar las Resoluciones CS Nº  529/75 y CS Nº 491/06, en el sentido de eliminar la obligatoriedad de presentar la partida de nacimiento como parte de la documentación que se le exige a los alumnos de carreras de grado y de postgrado de esta Universidad, y

            CONSIDERANDO:         

            Que es importante recalcar que en otras Universidades del país ya han eliminado esta exigencia.

            Que la Resolución Nº 529/75 que reglamenta la expedición de diplomas de esta Universidad, en su artículo 19 (Disposiciones transitorias) establece como requisito la presentación de la partida de nacimiento.

            Que asimismo, la Resolución CS Nº 491/06 fija la documentación que debe presentar el aspirante a ingresar a esta Universidad y, en su artículo 3ª, inciso d)  establece como requisito la partida de nacimiento.

Que es atribución estatutaria del Consejo Superior disponer el Régimen de Ingreso a esta Universidad.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 015/07,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 10 de mayo de 2007)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Modificar la Resolución Nº 529/75, en su artículo 19, donde dice “la partida de nacimiento”, debe decir “Documento Nacional de Identidad”.

ARTÍCULO 2º.- Eliminar el artículo 20 de la Resolución Nº 529/75 y el inc. d) del Artículo 3º de la Resolución CS Nº 491/06.

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI