SALTA, 18/05/07.-
Expediente N° 572/00.-
RESOLUCIÓN CS Nº 167/07.-
VISTO
las presentes actuaciones por las cuales el Consejero Superior, Ing. Fernando
Tilca, solicita se considere la posibilidad de modificar las Resoluciones CS
Nº 529/75 y CS Nº 491/06, en el sentido
de eliminar la obligatoriedad de presentar la partida de nacimiento como parte
de la documentación que se le exige a los alumnos de carreras de grado y de
postgrado de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que
es importante recalcar que en otras Universidades del país ya han eliminado
esta exigencia.
Que
Que
asimismo,
Que es atribución estatutaria del
Consejo Superior disponer el Régimen de Ingreso a esta Universidad.
Por ello, en
uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por
EL CONSEJO
SUPERIOR DE
(en
su Sexta Sesión Ordinaria del 10 de mayo de 2007)
R
E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Modificar
ARTÍCULO 2º.- Eliminar el artículo
20 de
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades,
Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI
y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI