SALTA, 18/04/07.-

 

Expediente  Nº 2.577/06.-

RESOLUCIÓN CS Nº 121/07.-

VISTO las presentes actuaciones relacionadas con las elecciones que se llevan a cabo en Sede Regional Orán;

El Recurso Jerárquico interpuesto por el Prof. Eusebio Méndez, apoderado de la lista Transparencia y Trayectoria, por el estamento de Profesores ante el Consejo Asesor de Sede Regional Orán, en contra de la resolución de la Junta Electoral de dicha Sede, por la cual no se oficializa la mencionada Lista, y

CONSIDERANDO:

            Que en su presentación expresa que la Ing. Mercedes Rosset de Encalada, actual Directora de Sede Regional Orán, no se encuentra inhabilitada para participar como candidata en estas elecciones, toda vez que para ser consejero docente el art. 156 del Estatuto Universitario establece “Para ser electo consejero en representación del Estamento docente se debe ser docente regular de la Universidad.”, es decir (continúa) que entiende que los Directores de Sede no forman parte del padrón y, por lo tanto, no votan, pero conservan su condición de docente regular de la Universidad.

            Que además, agrega que si la Resolución CS Nº 289/97 habilita a los Sres. Decanos y Vicedecanos en funciones para postularse como candidatos, no puede haber objeción alguna para los Directores de Sedes.

            Que asimismo, con relación a la no oficialización de la Lista TRANSPARENCIA Y TRAYECTORIA (que tiene seis candidatos titulares) corresponde sea oficializada para garantizar el derecho de representación de la minoría, toda vez que resulta imposible conformar dos listas completas, por la reducida cantidad de empadronados en Sede regional Orán.

            Que la Junta Electoral de la Sede Regional Orán oportunamente solicitó asesoramiento a la Comisión Coordinadora Electoral y ésta entendió que en virtud de los antecedentes de elecciones llevadas a cabo en el año 2001 (donde se trató un tema similar) no correspondía habilitar a la Directora de la Sede a participar como candidata, a la vez que aconsejó no oficializar la lista de candidatos por no contener el número mínimo de candidatos (todos los titulares y un suplente).

            Que analizado el presente tema, este Cuerpo entiende que los antecedentes del año 2001 corresponden sean tomados para esa elección en particular, en virtud que no existe normativa alguna que haya sido aprobada para las elecciones futuras, toda vez que esta es una nueva elección y corresponde sea analizada en este marco.

            Que es espíritu de este Cuerpo propender a la mayor participación posible de miembros de la comunidad universitaria y, en ese entendimiento, resulta viable habilitar a la Sra. Mercedes Rosset de Encalada a integrar lista de candidatos, como así también (en aras de permitir la participación de la minoría) oficializar la lista de Candidatos Transparencia y Trayectoria con sus seis miembros titulares.

            Por ello y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Tercera Sesión Extraordinaria del 18 de abril de 2007)

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º.- Hacer lugar al Recurso de Apelación presentado por el Prof. Eusebio Méndez y en consecuencia OFICIALIZAR LA LISTA TRANSPARENCIA Y TRAYECTORIA por el estamento de Profesores ante el Consejo Asesor de Sede Regional Orán, incluyendo a la Ing. Mercedes Rosset de Encalada como candidata de la mencionada lista.

ARTICULO 2º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Junta Electoral General, Comisión Coordinadora Electoral, Junta Electoral de Sede Regional Orán y apoderados de listas del estamento de profesores intervinientes, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, manténgase en reserva en Consejo Superior. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA