SALTA, 28/02/07.-

Expedientes N° 10.936/06 y 572/00.-

RESOLUCIÓN CS Nº 040/07.-

VISTO las presentes actuaciones y el artículo 3º de la Resolución CS Nº 491/06, por el ­cual se establece la documentación a presentar por los aspirantes a ingresar a la Universidad Nacional de Salta, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso d) del citado artículo prevé la presentación de "fotocopia simple de Partida, Testimonio, Acta o Certificado de Nacimiento legalizados, tanto para los nacidos en esta provincia como para los del resto del país".

Que la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES advierte que la Resolución Rectoral N° 264-03, de fecha 30 de Junio de 2003, en unos de sus considerandos expresa que el requisito de legalización trae ciertos inconvenientes a los ingresantes, ya que los Registros Civiles de otras provincias expiden la Partida, Testimonio, Acta o Certificado de Nacimiento en original, sin la correspondiente legalización.

Que por tal motivo, mediante la citada resolución se eliminó el requerimiento de legalización, sustituyendo el inciso d) de la Resolución Rectoral N° 115-03 por el siguiente texto: "d) fotocopia simple de Partida, Testimonio, Acta o Certificado de Nacimiento, tanto para los nacidos en esta provincia como para los del resto del país"

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº  003/07,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Ordinaria del 22 de febrero de 2007)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 2° de la Resolución CS N° 491/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 2°.- Derogar a partir de la vigencia de la presente, las Resoluciones Rectorales Nros. 115/03 y 264/03, por las razones invocadas en los considerandos de la presente."

ARTICULO 2°.- Sustituir el inciso d) del artículo 3° de la Resolución CS N° 491/06, el que quedará redactado como sigue:

"d) Fotocopia simple de Partida, Testimonio, Acta o  Certificado de Nacimiento, tanto para los nacidos en esta provincia como para los del resto del país".

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica, Consejo de Investigación, Dirección de Control Curricular, Dirección de Relaciones Públicas, Radio Universidad, UAI,  y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Académica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI