SALTA,
28/02/07.-
Expedientes N° 10.936/06 y 572/00.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 040/07.-
VISTO las presentes actuaciones y el artículo 3º de
CONSIDERANDO:
Que el inciso d) del citado artículo prevé la
presentación de "fotocopia simple de
Partida, Testimonio, Acta o Certificado de Nacimiento legalizados, tanto para
los nacidos en esta provincia como para los del resto del país".
Que
Que por tal motivo, mediante la citada resolución se
eliminó el requerimiento de legalización, sustituyendo el inciso d) de
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y
atento a lo aconsejado por
EL CONSEJO SUPERIOR DE
(en su Primera Sesión Ordinaria del
22 de febrero de 2007)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 2° de
"ARTICULO
2°.- Derogar a partir de la vigencia de la presente, las Resoluciones Rectorales
Nros. 115/03 y 264/03, por las razones invocadas en los considerandos de la
presente."
ARTICULO 2°.- Sustituir el inciso d) del artículo 3°
de
"d) Fotocopia simple de Partida,
Testimonio, Acta o Certificado de
Nacimiento, tanto para los nacidos en esta provincia como para los del resto
del país".
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado,
Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretaría Académica, Consejo de
Investigación, Dirección de Control Curricular, Dirección de Relaciones
Públicas, Radio Universidad, UAI, y
Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Académica a sus efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN
A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI