SALTA, 26/12/06.-

Expediente Nº 12.018/03.-

RESOLUCIÓN CS Nº 629/06.-

VISTO estas actuaciones por las cuales el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud aprueba las modificaciones al Trayecto de Articulación Disciplina para el Ingreso a la Licenciatura en Enfermería, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Trayecto dura 5 meses y tiene como objetivo ofrecer a los Enfermeros egresados de los IESNU, actualizar contenidos y posibilitar su ingreso al ciclo de la Licenciatura de Enfermería.

Que los aprendizajes efectivos que se requieren, están detallados en la Resol. CS240/03 en los puntos 8 y 10, referidos a contenidos mínimos y metodología de evaluación (fs. 40), en los cuales consta que se exige al alumno la aprobación del 80 % de los Trabajos Prácticos y la aprobación de un examen final de cada asignatura.

Que la modificación aprobada por el Consejo Directivo (Resol. CD 408/06) se refiere a:

1.       Aumentar el porcentaje de trabajos prácticos aprobados al 100% con una nota de 6 (seis).

2.      La aprobación de un examen final con una nota mínima de 4 (cuatro) según lo prevé el Reglamento de Alumnos en el arto 25 de la Resol. 489/84 y modificatorias.

3.       Otorgar al alumno el derecho a una recuperación de esta última instancia

Que ha tomado debida intervención la Secretaría Académica de esta Universidad, a fs. 129, la que realizó observaciones al proyecto.

Que, a fs. 131 la Secretaria Académica de la Facultad de Ciencias de la Salud eleva respuesta a las observaciones formuladas por Secretaría Académica expresando:

“En respuesta a las observaciones formuladas por Secretaría Académica (fs. 129) cumplo en informar lo siguiente: El valor académico del título mencionado en la resolución hace referencia al que se obtendrá una vez finalizado el cursado y aprobado el ciclo de la carrera Licenciatura en Enfermería. Cabe señalar que este punto ya fue aprobado mediante Resolución CS. N° 240/03 y asimismo figura en todas las Resoluciones de aprobación de los Trayectos de Actualización de la Facultad (Resol. CS. N° 210/02 de Lic. en Fonoaudiología; Resol. C.S. N°354/02 de Lic. en Nutrición) La resolución CS 240/03 también establece que una vez finalizado y aprobado el Trayecto de Actualización se otorgará certificación. El presente Trayecto se desarrolla desde el mes de agosto a diciembre, con un total de 550 horas, tal como figura en la Tabla del punto 7 (fs. 124). La columna de presenciales se refieren a clases semanales no a horas, cada presencial tiene una duración de 8 horas y además cada asignatura tiene de 4 a 5 tutorías presenciales según la duración de cada asignatura. Por otra parte los alumnos deben realizar actividades en terreno (servicios de salud y comunidad) supervisados por docentes completando de esta manera el tiempo presencial requerido. A fs. 125 en el punto 9. "Estrategias metodológicas" el promedio de 3 (tres) mensuales se refieren a clases presenciales y no a horas. La vigencia del proyecto caduca al término del dictado de la 5° promoción, es decir en diciembre del año 2007, ya que los alumnos deben aprobar el Trayecto en el mismo año de cursado.”

Que, a fs. 131 vta., la Secretaria Académica de la Universidad expresa su acuerdo con las precisiones realizadas, por lo que solicita su tratamiento por el Consejo Superior.

Que el Estatuto de esta Universidad establece en su artículo 100, inciso 3) como atribución de este Cuerpo: “Ratificar los planes de estudios aprobados por cada Facultad, de acuerdo a sus características y necesidades específicas y las reglas generales de reválidas de títulos extranjeros”

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº  378/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

 (en su Séptima Sesión Extraordinaria del 20 de diciembre de 2006)

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º.- Ratificar la Res. C.D. Nº 408/06 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a : Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la  Dirección de Control Curricular para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI