SALTA, 26/12/06.-
Expediente Nº 12.018/03.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 629/06.-
VISTO estas actuaciones por las cuales
el Consejo Directivo de la
Facultad de Ciencias de la Salud aprueba las modificaciones al Trayecto de
Articulación Disciplina para el Ingreso a la Licenciatura en Enfermería,
y
CONSIDERANDO:
Que
el mencionado Trayecto
dura 5 meses y tiene como objetivo ofrecer a los Enfermeros egresados de los
IESNU, actualizar contenidos y posibilitar su ingreso al ciclo de la Licenciatura de
Enfermería.
Que los aprendizajes efectivos que
se requieren, están detallados en la Resol. CS N° 240/03 en los puntos 8 y 10, referidos a contenidos
mínimos y metodología de evaluación (fs. 40), en los cuales consta que se exige
al alumno la aprobación del 80 % de los Trabajos Prácticos y la aprobación de
un examen final de cada asignatura.
Que la modificación aprobada por el
Consejo Directivo (Resol. CD 408/06) se refiere a:
1.
Aumentar el porcentaje de trabajos
prácticos aprobados al 100% con una nota de 6 (seis).
2. La aprobación de un examen final con una nota mínima de 4 (cuatro) según
lo prevé el Reglamento de Alumnos en el arto 25 de la Resol. 489/84 y modificatorias.
3.
Otorgar al alumno el derecho a una
recuperación de esta última instancia
Que ha tomado debida
intervención la Secretaría
Académica de esta Universidad, a fs. 129, la que realizó
observaciones al proyecto.
Que, a fs. 131 la Secretaria
Académica de la
Facultad de Ciencias de la Salud eleva respuesta a las observaciones
formuladas por Secretaría Académica expresando:
“En respuesta a las observaciones
formuladas por Secretaría Académica (fs. 129) cumplo en informar lo siguiente:
El valor académico del título mencionado en la resolución hace referencia al
que se obtendrá una vez finalizado el cursado y aprobado el ciclo de la carrera
Licenciatura en Enfermería. Cabe señalar que este punto ya fue aprobado
mediante Resolución CS. N° 240/03 y asimismo figura en todas las Resoluciones
de aprobación de los Trayectos de Actualización de la Facultad (Resol. CS. N°
210/02 de Lic. en Fonoaudiología; Resol. C.S. N°354/02 de Lic. en Nutrición) La
resolución CS 240/03 también establece que una vez finalizado y aprobado el
Trayecto de Actualización se otorgará certificación. El presente Trayecto se
desarrolla desde el mes de agosto a diciembre, con un total de 550 horas, tal
como figura en la Tabla
del punto 7 (fs. 124). La columna de presenciales se refieren a clases
semanales no a horas, cada presencial tiene una duración de 8 horas y además
cada asignatura tiene de 4 a
5 tutorías presenciales según la duración de cada asignatura. Por otra parte
los alumnos deben realizar actividades en terreno (servicios de salud y
comunidad) supervisados por docentes completando de esta manera el tiempo
presencial requerido. A fs. 125 en el punto 9. "Estrategias metodológicas" el promedio de 3 (tres)
mensuales se refieren a clases presenciales y no a horas. La vigencia del
proyecto caduca al término del dictado de la 5° promoción, es decir en
diciembre del año 2007, ya que los alumnos deben aprobar el Trayecto en el
mismo año de cursado.”
Que, a fs. 131
vta., la Secretaria
Académica de la Universidad expresa su acuerdo con las
precisiones realizadas, por lo que solicita su tratamiento por el Consejo
Superior.
Que el Estatuto de esta
Universidad establece en su artículo 100, inciso 3) como atribución de este
Cuerpo: “Ratificar los planes de estudios aprobados por cada Facultad, de
acuerdo a sus características y necesidades específicas y las reglas generales
de reválidas de títulos extranjeros”
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia,
Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 378/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Séptima Sesión Extraordinaria
del 20 de diciembre de 2006)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Ratificar la
Res. C.D. Nº 408/06 del Consejo Directivo
de la Facultad
de Ciencias de la Salud
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese
con copia a : Sra. Rectora, Facultad de Ciencias de la Salud, Secretaría Académica,
Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección
de Control Curricular para su toma de razón y demás efectos. Asimismo,
publíquese en el boletín oficial de esta universidad.RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA -
ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI