SALTA,
05/12/06.-
Expediente
N° 887/06.-
RESOLUCIÓN CS Nº 563/06.-
VISTO
CONSIDERANDO:
Que dicha resolución contempla Preinscripción de
Ingresantes; Confirmación de Inscripción; Receso Semana de Mayo; Receso
Administrativo Académico de Invierno; Receso Semana del Estudiante y Receso
Académico de Verano.
Que el Sr. Decano de
Por ello y luego de constituido en
Comisión,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE
(en su Sexta Sesión Extraordinaria
del 30 de noviembre de 2006)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Sustituir el Artículo 1º de
“ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CALENDARIO UNICO de
esta Universidad para el Período Lectivo
2007, el que se desarrollará conforme a las siguientes actividades:
ACTIVIDAD |
FECHA |
Preinscripción de Aspirantes |
Del 16 de Octubre de 2006 al 12 de Enero de 2007 |
Confirmación de Inscripción |
Del 3 al 30 de Abril de 2007 |
Receso Semana de Mayo |
Del 21 al 26 de Mayo de 2007 |
Receso Invierno |
Del 10 al 20 de Julio de 2007 |
Receso Semana del Estudiante |
Del 17 al 21 de Setiembre de 2007 |
Inicio del Receso Académico de Verano |
A partir del 26 de diciembre y hasta el 2 de Enero de 2008 de
acuerdo a la planificación de cada Unidad de Gestión. |
Presentación de Planillas de Regularidad |
Hasta 10 días posteriores a la finalización de las actividades de la
asignatura |
Presentación de Planillas de Promocionalidad |
Hasta 90 días posteriores a la finalización de las actividades de la
asignatura |
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a las Facultades la potestad de otorgar
excepciones debidamente justificadas a los plazos de Presentación de Planillas
de Regularidad y de Promocionalidad establecidos en el Calendario Ùnico.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes
Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación,
Coordinación de Posgrado y Relaciones Internacionales, Dirección de RRPP, Radio
Universidad, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Académica a
sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA