Expediente
Nº 572/00.-
RESOLUCIÓN CS Nº 491/06.-
VISTO
las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Secretaria Académica, Prof.
Marta Zulma Palermo, solicita modificación de la Resolución Rectoral Nº 115/03,
por la cual se detalla la documentación que debe presentar el aspirante a
ingresar a la Universidad Nacional de Salta, y
CONSIDERANDO:
Que
la solicitud consiste en establecer que cuando el alumno ingresante a la
Universidad posea título de grado, se le podrá requerir fotocopia de este en reemplazo del título o certificado
único de nivel medio/polimodal.
Que
se advierte que el régimen de ingreso es una atribución estatutaria del Consejo
Superior, por lo que la Resolución Rectoral Nº 115/03 debe ser derogada.
Que
por otra parte, es necesario dejar establecido que los efectos que produjo su
vigencia corresponden sean convalidadas por este Cuerpo, por cuanto ha generado
derechos.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y
REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 140/06 (modificado en esta
sesión),
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimosexta Sesión
Ordinaria del 2 de noviembre de 2006)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Convalidar los efectos
que produjo la Resolución Rectoral Nº 115/03 durante su vigencia.
ARTÍCULO 2º.- Derogar a partir de la
vigencia de la presente, la Resolución Rectoral Nº 115/03, por las razones
invocadas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que los
aspirantes a ingresar a la Universidad Nacional de Salta, deberán presentar
desde el 1º al 30 de Abril de cada año, la documentación que se detalla a
continuación:
a)
Formulario
de Solicitud de Ingreso completo.
b)
Fotocopia
de la 1º, 2º y 3º páginas del Documento de Identidad (Documento Nacional de
Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento).
c)
Fotocopia
del Título – certificado único de nivel medio/polimodal o fotocopia del Título
de Grado expedido por Universidad Pública.
d)
Fotocopia
simple de Partida, Testimonio, Acta o certificado de Nacimiento legalizados,
tanto para los nacidos en esta provincia para los del resto del país.
e)
Dos
(2) fotografías tipo carnet 4 x 4 cm.
ARTICULO 4º.- Para la documentación consignada en los items
b), c) y d) es necesaria la presentación del original, a fin que las fotocopias
sean autenticadas por la oficina recepcionante.
ARTÍCULO
5º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
Secretarías, Direcciones Generales, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a
Secretaría Académica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial
de esta universidad.-RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI