SALTA,
24/10/06.-
Expediente Nº 20.432/04.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 464/06.-
VISTO
estas actuaciones mediante las cuales SEDE REGIONAL DE TARTAGAL tramita la
implementación en esa Sede, del “Trayecto de Actualización Disciplinar en
Enfermería” para acceder a la Licenciatura en Enfermería; carrera que se
dicta bajo dependencia académica de la Facultad de Ciencias de la Salud de esta
Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución CS Nº 240/03, el
Consejo Superior de estas Universidad ratificó la Resolución Nº 226/03; aprobó
y puso en vigencia el “Trayecto de Actualización Disciplinar en Enfermería”,
destinado a egresados de Institutos de Educación Superior No Universitaria,
reconocidos oficialmente por la Secretaría de Salud Pública y Ministerios de
Educación de la Nación y/o Provincia de Salta.
Que mediante Resolución CD Nº
319/05, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud autoriza el
dictado de este Trayecto en Sede Regional de Tartagal, con los lineamientos académicos establecidos en
el Anexo I de la Resolución CS Nº 240/03.
Que a fs. 114, Secretaría Académica
de la Universidad opina que no hay inconvenientes académicos para la
implementación del Trayecto, en tanto no hay modificaciones del proyecto
original, aprobado por el Consejo Superior mediante resolución Nº 240/03 y
agrega: “En cuanto a la forma de financiamiento, la misma está establecida en
el ítem 14 de la citada Resolución y en el Capítulo III: FINANCIAMIENTO de la
Resolución CS Nº 113/00”, que dice:
“1.
Los Trayectos de Actualización Disciplinar podrán financiarse con:
a)
Recursos provenientes de venta de
material didáctico.
b)
Recursos propios de cada Unidad
Académica.
c)
Recursos de la Universidad.
d)
Recursos aportados por Fondos
Nacionales, Provinciales y/o Municipales provenientes de planes especiales.
e)
Recursos provenientes de
donaciones.
2.
En ningún caso los recursos provenientes de fuentes ajenas a la Universidad,
podrán condicionar ni obligar a la Universidad para con otros organismos,
instituciones y/o personas más allá del estricto cumplimiento del convenio
oportunamente pactado y de su función formativa.”
Por ello y atento a lo aconsejado
por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante
Despacho N° 129/06,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SALTA
(en Cuarto Intermedio del
19 de octubre de 2006 - 15º Sesión Ordinaria)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Implementar en Sede
Regional de Tartagal el dictado del “Trayecto de Actualización Disciplinar en
Enfermería”, en el marco de la Resolución CS Nº 240/03.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que la
Universidad Nacional de Salta no queda supeditada a asumir ninguna obligación
con sus recursos económicos para el financiamiento de este Trayecto.
ARTÍCULO
3º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Ciencias de la Salud, Sede
Regional Tartagal, Secretaría Académica,
Dirección de Control Curricular, Dirección de Relaciones Públicas, Radio
Universidad Nacional de Salta, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección
de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial
de esta universidad.-RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI