SALTA, 13 OCTUBRE 2006

Expediente Nº 2.585/06

RESOLUCIÓN CS Nº 436/06

VISTO el asesinato de la dirigente rural salteña Liliana Ledesma, producido el pasado día 21/09/06 en la ciudad de Salvador Maza, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Ledesma era una pequeña productora rural de Salvador Mazza que luchaba por la libre circulación por caminos locales bloqueados, lo que impedía a treinta familias llevar a sus animales al abrevadero habitual, además de denunciar desmontes ilegales.

Que Liliana Ledesma fue brutalmente asesinada, en una aparente señal de silencio para quienes junto a ella habían realizado denunciado la situación en la Ciudad de Salta

Que el asesinato tomó trascendencia nacional, debido a las denuncias realizadas ante el Ministerio del Interior por los familiares de la Sra. Ledesma, donde pidieron el esclarecimiento del asesinato y garantías para los denunciantes. Además de reclamar los títulos de propiedad sobre las tierras de las que los quieren desalojar y que habitan desde hace más de 20 años.

Que la lucha de nuestros campesinos y pequeños productores debe enmarcarse no solo en la defensa de su medio de vida, básicamente de subsistencia, sino en la lucha por preservar el medio ambiente y nuestro planeta. Recordemos las palabras de Chico Méndez, sindicalista de los seringueiros (recolectores de caucho) asesinado en 1988 por los sicarios de los latifundistas brasileños: "AL PRINCIPIO PENSE QUE LUCHABA PARA SALVAR LOS ÁRBOLES DEL CAUCHO. MAS TARDE PENSE QUE LO HACIA PARA SALVAR LA SELVA AMAZONICA. AHORA SÉ QUE ESTOY LUCHANDO PARA SALVAR LA HUMANIDAD...".

Que la Constitución Nacional y Provincial garantizan el derecho a la vida y a la justicia.

Que nuestra Universidad comparte el pesar por esta irreparable pérdida y adhiere a toda acción que se lleve a cabo en reclamo de verdad y justicia.

Por ello, y luego de constituido en Comisión.

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimoquinta Sesión Ordinaria del 12 de octubre de 2.006)

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1°.- Solicitar a las autoridades de los Poderes Ejecutivo y Judicial de la Provincia arbitren todos los medios para lograr el esclarecimiento y la justicia en el presente caso.

ARTÍCULO 2°.- Expresar a los familiares de la Sra. Ledesma las condolencias de la comunidad universitaria por esta irreparable pérdida.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese con copia a: Poderes Ejecutivo Nacional, Corte Suprema de Justicia de la Nación, Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Salta, Familiares de la Sra. Ledesma, Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.

A.G.
FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI