SALTA, 11/09/06.-
Expediente N° 216/06.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 390/06.-
VISTO
las presentes actuaciones y, en particular la Resolución Rectoral Nº 0180-06
(dictada ad-referéndum del Consejo Superior), por la cual se establece que la
Universidad Nacional de Salta continuará abonando los haberes de dichos
agentes, por un período de hasta seis (6) meses o hasta la fecha de
otorgamiento del beneficio jubilatorio, el período que sea de menor duración, como medida de excepción a la
Resolución CS Nº 114/02, debiendo los mismos continuar con la prestación de sus
servicios docentes, y
CONSIDERANDO:
Que
en el marco del citado acto administrativo, la Facultad de Ciencias Naturales,
mediante Resolución Nº 241/06, dictada por el Sr. Decano ad-referéndum del
Consejo Directivo de la mencionada Facultad, dispone la designación interina del
Lic. Angel María CHÁVEZ MANRIQUE, a partir del 1º de marzo de 2006.
Que
con fecha 22/08/06, el Lic. Chávez Manrique comunica que aún no recibió
notificación alguna por parte de ANSES sobre la jubilación que tramitó en
tiempo y forma.
Que
en idéntica situación se encontrarían otros agentes, en virtud de la excesiva
demora en el otogamiento de tal beneficio, que supera el período previsto en la
Resolución Rectoral Nº 0180/06; por lo que este Cuerpo juzga pertinente no
dejar desprotegido al personal que brindó tantos años de servicios a esta
Universidad en forma comprometida.
Por ello y luego de constituido en
Comisión,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Duodécima Sesión Ordinaria del 31 de agosto de 2006)
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º.- Disponer que la
Universidad Nacional de Salta continuará abonando los haberes al personal que
haya iniciado los trámites jubilatorios, hasta la fecha de otorgamiento de
dicho beneficio.
ARTÍCULO 2º.- Dicha medida se adopta hasta tanto este Cuerpo
se expida en definitiva, por lo que deberán girarse las actuaciones a la Comisión
de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior para que realice un estudio
profundo sobre este tema y, en particular, respecto de la Resolución Rectoral
Nº 0180-06.
ARTÍCULO 3°.-
Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, UAI, y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Comisión
de Interpretación y Reglamento a sus efectos. Asimismo, publíquese en el
boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA