SALTA,
08/09/06.-
Expediente Nº 23.256/06.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 385/06.-
VISTO las presentes actuaciones y en particular la nota de fecha 15 de agosto de 2.006,
presentada por el Secretario Gremial de la A.P.U.N.Sa., Sr. Roberto Gaspar, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la
distribución en forma igualitaria a cada uno de los agentes P.A.U. de los
remanentes que surgen de los fondos girados a esta Universidad por Resoluciones
Nº 881, 1.100 y 1.432 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Que, a fs 48, obra informe elaborado por el Sr.
Director General de Administración, Lic. Miguel M. Nina, por el que estima la
necesidad de financiamiento de gastos mínimos
(déficit) de esta Universidad, el que alcanza la suma de PESOS DOS
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVENTA PESOS CON CINCUENTA Y OCHO
CENTAVOS ($ 2.379.090,58), los que se incrementan a PESOS DOS MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA PESOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($
2.664.090,58) si se prevé un incremento del 10% de mayores costos de las obras
en ejecución en esta Universidad.
Que en virtud del informe expuesto en el párrafo
anterior, este Cuerpo entiende que no es posible acceder a lo solicitado, toda
vez que ello implicaría incrementar el monto deficitario y poner en riesgo el
normal funcionamiento académico y administrativo de esta Universidad.
Que
asimismo, sostiene que no se está vulnerando ningún derecho laboral, toda vez
que los adicionales correspondientes a las Actas Acuerdos firmadas entre el
CIN, FATUN y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación
fueron abonados a cada agente de esta Universidad en tiempo y forma.
Por ello y luego de constituido en
Comisión,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Tercera Sesión Extraordinaria del 07 de septiembre de 2006)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1º.- No hacer lugar a lo solicitado por el Secretario Gremial de la
A.P.U.N.Sa., en lo referente a la distribución al Personal de Apoyo
Universitario de remanentes correspondientes al mes de junio.
ARTÍCULO
2°.- Analizar mes a mes la posibilidad de distribuir becas de capacitación al
Personal de Apoyo Universitario de esta Universidad, de acuerdo a las
disponibilidades financieras informadas por Secretaría Administrativa.
ARTÍCULO
3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales,
Institutos de Educación Media, Secretarías, Consejo de Investigación,
Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad,
Asesoría Jurídica, UAI y APUNSa. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a
sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI