SALTA, 04 SETIEMBRE 2006

Expediente N° 23.508/06.-

RESOLUCIÓN CS Nº 366/06

 

VISTO las prsentes actuaciones y, en particular, Resolución CS Nº 336/06 de fecha 10/08/06, por la cual el Consejo Superior autoriza a la Secretaría Administrativa a disponer la transferencia de las sumas de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00) para el mes de Julio/06 y PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000,00) para el mes de Agosto/06, con destino al financiamiento del Comedor Universitario y hasta tanto se asigne definitivamente el refuerzo presupuestario, y

            CONSIDERANDO:           

Que la Dirección de Presupuesto en base a las atribuciones que le competen, adjunta proyecto de resolución de distribución de la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00)  de transferencia del Inciso 1 -  Gastos en Personal de cada una de las Unidades Académicas al Comedor Universitario.

Que Dirección General de Administración en Nota Nº 211/06 de fecha 23-08-06, informa  que no resultaría procedente realizar imputaciones transitorias al inciso 1, en razón de no estar frente a gastos en personal; como así también que el Artículo 3º de la Resolución C.S. Nº 336/06, en la hipótesis de tratarse de transferencias de créditos, no indica cuál es la modalidad, interpretando que podría imputarse a cualquier Unidad Académica o Administrativa.

 Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 147/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Duodécima Sesión Ordinaria del 31 de agosto de 2006)

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución C.S. Nº 336/06, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Modificar el Presupuesto de la Universidad Nacional de Salta – Ejercicio 2006 – por dependencia, inciso y partida principal, Finalidad 3: Servicios Sociales; Función 4 Cultura y Educación, Función 5 – Ciencia y Técnica, Fuente de Financiamiento 11, transfiriendo del Inciso 1 – Gastos en Personal de cada una de las Unidades de Gestión al Inciso 2 – Bienes de Consumo y al Inciso 3 – Servicios No Personales, según corresponda, la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL  ($ 36.000,00); facultándose a la Dirección General de Administración a la determinación de cada uno de los importes correspondientes.

 

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Secretaría Administrativa, Secretaría de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Tesorería General, UAI,  y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Administración a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR
FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI