SALTA,
31/07/06
Expediente N° 4.293/03.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 327/06.-
VISTO estas actuaciones
por las cuales la Facultad de Humanidades otorga aumento de dedicación a la
Prof. Roxana ORTÍN, en el cargo regular de Profesora Adjunta Semiexclusiva a
EXCLUSIVA, y
CONSIDERANDO:
Que
desde el punto de vista académico, las categorías docentes en esta Universidad
no tienen vinculación con la dedicación horaria.
Que,
a fojas 242, Dirección de Asesoría Jurídica emite Dictamen Nº 8.468, el que
expresa: “La Comisión de Interpretación y Reglamento del
Consejo Superior consulta respecto a la existencia de impedimento normativo en
relación a la posibilidad de aumentar la dedicación a docentes regulares que
aún no se encuentren en el Régimen de Permanencia. La Facultad de Humanidades,
por Res. Nº 1684/04, dispuso otorgar incremento de dedicación a la Prof. Roxana
Ortín en el cargo de Profesor Adjunto semiexclusiva a exclusiva, imputando el
cargo a una partida individual vacante. La Dirección de Registro y Control de
Personal observa que la modificación de dedicación contraviene lo dispuesto en
el Art. 1º y 2º de la Res. Nº 187/03-CS. Por Res. Nº 187/03, el Consejo
Superior interpreta la Res. Nº 57/00 y establece que los alcances de ésta se
centra específicamente en las actividades que se realizan como apoyo a los
ingresantes de esta Universidad (Apartado I) y que es factible proceder a la
modificación de dedicación en caso de necesidad institucional fundada para los
docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia si se cuenta con
la partida presupuestaria y el consentimiento del agente afectado...”
Que
se comparte la fundamentación académica realizada por la Sra. Secretaria
Académica de la Facultad de Humanidades, Prof. Susana Fernández (fs. 233 y
234), que se transcribe a continuación: “En
respuesta a su informe de fs. 229, me dirijo a usted con el fin de elevarle las
siguientes consideraciones, en relación al aumento de dedicación otorgado a la
Prof. Roxana Ortín: La Prof. Ortín revista en condición de regular en un cargo
de Profesora Adjunta Semiexclusiva desde el 14/04/04 (1ra. Regularidad), con
aumento de dedicación a Exclusiva definitivo desde el 23/11/04 – Res. H.Nº
1684/04- (hasta ese momento tenía incremento de dedicación temporario). La
resolución CS Nº 187/03, surge como interpretación de un pedido realizado por
el Decano de la Facultad de Ciencias Exactas en el que solicitaba se deje
aclarado si es factible proceder a la modificación de dedicación, en caso de
necesidad institucional fundada, para los docentes que estén comprendidos en el
Régimen de Permanencia, sin la aplicación de la Res. CS Nº 057/00. Cabe aclarar
que los Artículos 1º y 2º de la Resolución CS Nº 057/00 que establecía que
todas las designaciones y aumentos de dedicación debían realizarse conforme a
las disposiciones previstas en los Reglamentos de Concursos Regulares, fueron
suspendidos por Resolución CS Nº 137/00 hasta tanto se expida respecto de la
modificación o no de la mencionada resolución. –El texto completo del Artículo
1º de la Resolución CS Nº 187/03 señala: “1.- Los alcances de la Resolución CS Nº
057/00 se centran específicamente en las actividades que se realizan como apoyo
a los ingresantes de esta Universidad. 2.- Es factible proceder a la
modificación de dedicación, en caso de necesidad institucional fundada, para
los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia, contando con
la partida presupuestaria y el correspondiente consentimiento del agente
afectado. 3.- Establecer que la autoridad de aplicación de la norma es el
Decano con aprobación del Consejo Directivo”. Tal como se expresa claramente en
el inciso 1 de la Resolución CS Nº 187/03, los alcances de la Resolución CS Nº
057/00 se centran específicamente en las actividades que se realizan como apoyo
a los ingresantes de esta Universidad. En el caso que nos ocupa, el cargo que
detenta de manera regular la Prof. Roxana Ortín es en “Historia de la Filosofía
Antigua”, asignatura del bloque de materias específicas del Plan de Estudios de
Filosofía, no pudiéndose aplicar la Resolución CS Nº 057/00. Por otra parte, el
inciso 2, posibilita la “modificación de
dedicación de docentes que estén comprendidos en el Régimen de
Permanencia”, no dice: “solo a los docentes que estén comprendidos en el
Régimen de Permanencia”, es decir, el inciso 2 brinda la posibilidad de
incrementar la dedicación a docentes que estén en el Régimen de Permanencia
pero no prohibe , en caso de necesidad fundada de la institución, que los demás
docentes regulares puedan acceder a un aumento de dedicación, por lo tanto, el
incremento de dedicación aprobado por Resolución Nº 1684/04, no contraviene la
Resolución CS Nº 187/03, ni ninguna otra normativa de la Universidad. Por
último, el Régimen de Permanencia vigente establece que: “Están sujetos al
Régimen de Permanencia todos los docentes regulares dentro de cualquier
categoría, que hayan aprobado dos concursos ...”, es decir, no se menciona la
dedicación. Por todo lo expuesto, y a efectos de dejar aclarada esta situación,
solicito se de curso favorable a la modificación de la dedicación de la Prof.
Roxana Ortín en el cargo regular de Profesora Adjunta.”
Que
este Cuerpo entiende que es factible otorgar aumento de dedicación en cargos docentes
regulares no comprendidos en el Régimen de Permanencia, siempre que hubiere
causa académica fundada, partida presupuestaria y cargo de planta existente;
por lo que resulta pertinente derogar la Resolución CS Nº 117/06.
Por ello, en
uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la
Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 043/06,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Décima Sesión Ordinaria del 13 de julio de 2006)
R E S U E L
V E :
ARTÍCULO
1º.- Derogar la Resolución CS Nº 117/06, por las razones invocadas en los
considerandos de la presente.
ARTÍCULO
2º.- Ratificar lo actuado por la Facultad de Humanidades, en el sentido de
aumentar a EXCLUSIVA la dedicación de la Profesora Roxana ORTÍN, en su cargo de
Profesora Adjunta Regular.
ARTÍCULO
3º.- Establecer que es factible realizar aumentos de dedicación en cargos
docentes regulares no comprendidos en el Régimen de Permanencia, siempre que la
Unidad Académica cuente con partida presupuestaria y presente fundamentación
académica, que deberá estar explícitamente documentada mediante un plan de
trabajo aprobado por el Consejo Directivo de la Facultad solicitante.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese con
copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías Académica y
Administrativa, Dirección General de Personal, UAI y Asesoría Jurídica.
Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese
en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI