SALTA 07
JULIO 2006
Expediente Nº 2.503/04.-
RESOLUCIÓN CS N°
288/06
VISTO, las
presentes actuaciones y en particular, el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL
SECTOR NO DOCENTE DE LAS INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS NACIONALES, homologado
por el Decreto Presidencial Nº 366/2006, y
CONSIDERANDO:
Que dicho
Convenio fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación Argentina Nº 30.880
del día 5 de abril del corriente año.
Que el
artículo 4º determina que: “El presente convenio colectivo tendrá una
vigencia de dos años, a contar desde el día siguiente a la publicación del
decreto que lo homologue. …”.
Que el
artículo 149 del mismo establece que:
“En el marco del presente convenio, las
Instituciones Universitarias Nacionales asignarán un área de responsabilidad
específica para su implementación y ejecución y de aquellos acuerdos que se
articulen a nivel particular. Tendrá como misiones y funciones las de:
a) coordinar, gestionar y ejecutar
políticas tendientes a poner en marcha los acuerdos,
b) mantener un sistema de información
interconectado entre sus dependencias y con la entidad que represente la
unificación de la parte empleadora en los siguientes temas:
Administración del trabajo (régimen
sindical, inspección y control de normas laborales al interior del sistema, higiene
y salubridad, accidentes de trabajo y atención de enfermedades, y normas
relativas a la protección del trabajador, negociación y tratamiento de
conflictos).
Capacitación.
Políticas de empleo (cambio de funciones,
retiros).”
Que en la
Paritaria Nacional del Sector No Docente de la cual participan los Paritarios
del Consejo Interuniversitario Nacional y de la Federación Argentina de
Trabajadores de Universidades Nacionales se acordó para la implementación del
reencasillamiento un procedimiento homogéneo para todas las Universidades Nacionales,
que prevé la creación de un área de reencasillamiento a nivel Universidad y
subcomisiones a nivel Unidades Académicas o Administrativas.
Que
respecto de dichas áreas, se sugiere que estén compuestas en partes iguales por personal
no docente de planta permanente y otros representantes que designe la
institución universitaria, a fin de facilitar el consenso acerca del futuro
reencasillamiento.
Que,
además, se acordó a nivel nacional la conveniencia de que ninguna persona
integre más de una de las etapas del proceso de reencasillamiento, cuestión
compartida por Comisión de Paritaria de Nivel Particular de esta Universidad.
Que el
procedimiento debe contemplar una serie de pasos, tipificadores y demás
sugerencias acordadas en el seno de la Paritaria Nacional, que fueron aprobadas
por el Comité Ejecutivo del CIN y presentadas a las Casas de Estudios y
representantes gremiales de base, en la reunión realizada en dicho Consejo el
día 9 de mayo último y que fueron remitidas oficialmente mediante Nota S.T. Nº
120501 de la Secretaría Técnica del CIN.
Que el
procedimiento a seguir en el proceso de reencasillamiento del Personal de Apoyo
Universitario de esta Universidad, ha sido analizado en el seno de la Comisión
de Paritaria de Nivel Particular, según consta en las Actas obrantes en el
expediente de referencia.
Que,
conforme lo establecen los inc. 1) y 35) del Artículo 100 del Estatuto de esta
Universidad, es atribución del Consejo Superior “Ejercer la jurisdicción
superior universitaria” y “Ejercer todas las demás atribuciones que no
estuvieren explícitamente reservadas a la Asamblea, al Rector o al Gobierno de
las Facultades” y consecuentemente, poner en marcha el proceso de
reencasillamiento dispuesto por Decreto Nacional Nº 366/06
Que la Ley
de Educación Superior Nº 24.521 – Art. 59 inc. b), establece que las
Universidades Nacionales tienen atribuciones para fijar su régimen salarial y
de administración de personal.
Que la
Comisión de Paritaria de Nivel Particular de esta Universidad, en su reunión
del día 22 de junio de 2006, aprobó el “INSTRUCTIVO PARA EL
PREENCASILLAMIENTO-NIVEL 4”, elaborado por la Comisión de Reencasillamiento,
designada mediante Resolución R Nº 524/06 y modificada por Resolución R Nº
530/05
Que el
Artículo 2º de la resolución CS Nº 036/98, establece que “los acuerdos a los
que arriben los representantes designados ante la Comisión Negociadora del
Nivel Particular, estarán sujetos a aprobación de este Consejo Superior para su
ejecución”.
Que la documentación presentada por la Comisión de
Reencasillamiento fue analizada por la Comisión de Paritaria de Nivel
Particular (en reunión llevada a cabo el 22/06/06).
POR ELLO y luego de constituido en
Comisión,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SALTA
(en
su Primera Sesión Extraordinaria del 6 de julio de 2006)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Disponer
el reencasillamiento funcional del Personal de Apoyo Universitario de la
Universidad Nacional de Salta, conforme lo establecido en Decreto Nacional Nº
366/2006, que homologa el Convenio Colectivo de Trabajo acordado por la
Comisión Paritaria de Nivel General.
ARTICULO 2º.- Disponer que lo
establecido mediante la presente resolución, alcanza a todos los cargos
incluidos en la Planta aprobada para el Personal de Apoyo Universitario de la
Universidad Nacional de Salta.
ARTICULO 3º.- Las dependencias a que
se refiere el punto 3) del Acta de Comisión Paritaria de Nivel Particular, de
fecha 17 de mayo de 2006, formalizarán mediante resolución la conformación de
las Comisiones de Pre-encasillamiento correspondientes a sus sectores. Aquellas
dependencias que hayan conformado sus Comisiones de Pre-encasillamiento en acto
previo, son convalidados por la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar las Pautas
Generales del Reencasillamiento sugeridas por la Comisión Paritaria General del
Sector No Docente, las que como Anexo I forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º. Aprobar el INSTRUCTIVO
PARA EL PREENCASILLAMIENTO – NIVEL 4 propuesto por la Comisión de
Reencasillamiento, el que como “Anexo II”, forma parte de la presente
resolución.
ARTÍCULO 6º.- Disponer que la Comisión de Reencasillamiento
– Nivel 3 - elaborará su Reglamento de Funcionamiento Interno, el que será
puesto a consideración de la Comisión de Paritarias de Nivel Particular y
sujeto a aprobación de este Cuerpo.
ARTÍCULO
7°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM,
Secretarías, Consejo de Investigación, Comisiones de Pre-encasillamiento, Comisión de Reencasillamiento, Comisión de
Paritarias, Direcciones Generales, APUNSa., U.A.I. y Asesoría Jurídica.
Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior. Asimismo, publíquese en
el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR.
FDO.: Prof. Juan A. BARBOSA – Dr. Carlos Alberto CADENA
Anexo
I – Expediente Nº 2.503/04.-
COMISION PRE
ENCASILLAMIENTO
NIVEL 4
INSTRUCTIVO
Objetivo de la Comisión de
Pre encasillamiento:
·
Tendrá a su cargo el pre encasillamiento de
cada agente no docente del Sector Pre-definido, para lo cual deberá observar
las pautas siguientes procedimentales.
·
Emitir un dictamen de la labor desarrollada.
PAUTAS PARA EL
ENCASILLAMIENTO (Instructivo del CIN):
1.
Deberá conformar una comisión por cada agrupamiento, la misma
deberá estar integrada como mínimo por 4 representantes, 2 por parte de las
autoridades y 2 por los trabajadores.
2.
La entidad gremial podrá designar un veedor.
3.
Las pautas para la conformación de las comisiones estarán a
cargo de la paritaria particular.
4.
El Dictamen deberá ser rubricado por la autoridad máxima de
la institución.
5.
Este dictamen deberá ser enviado a la Comisión Central de
Rencasillamiento.
6.
Para cumplimentar el trabajo de la comisión, la misma deberá
contar con todos los formularios para el reencasillamiento de cada agente.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR:
A.
Se deberá conformar una comisión UNICA integrada por 8 representantes, buscando que se encuentren
representados todos los agrupamientos existentes en el Sector. La conformación
de cada Comisión de cada sector se realizara por votación directa entre el
personal que comprende el mismo. Se labrará una acta (Nº 1).
B.
El original del acta deberá ser elevada a la autoridad máxima
del Sector, quien previa formación de expediente emitirá el acto administrativo
correspondiente, el cual será notificado a los integrantes de la Comisión y
publicado en carteleras del Sector.
C.
Dicha Comisión deberá elegir un presidente y un secretario de
actas, configurando un Acta Nº 2.
D.
Procedimiento de trabajo:
1.
Lo formularios de reencasillamiento e instructivos para su
llenado, que se agregan como Anexo I, I A, II y II A, serán los instrumentos
formales a ser tenidos en cuenta.
2.
Los agentes del sector serán debidamente informados para el
llenado de los formularios por los miembros de la Comisión.
3.
Deberá recepcionar los formularios correspondientes,
debidamente confeccionados y rubricados:
·
Nº 1: Llenado y firmado por el agente correspondiente a su
cargo permanente.
·
Nº 2: llenado y
firmado por el superior jerárquico inmediato.
4.
Se deberá solicitar el detalle de tareas actuales del agente,
que deberá ser emitido por el Director, Director General y/o autoridad
correspondiente.
5.
Deberá solicitarse la estructura actual de cada sector.
6.
Todo personal afectado transitoriamente a otra dependencia
deberá presentar los formularios en el Sector donde presta servicios teniendo
en cuenta el cargo de base del agente y las pautas contenidas en el presente
acto.
7.
Al recepcionar los formularios se debe:
·
Analizar los mismos y emitir dictamen en
particular (Hoja Nº 3).
·
Puede ocurrir que los formularios fueren coincidentes en las
funciones, y también coincidente con la opinión de la Comisión, emitiendo el
dictamen favorable del caso de
considerarlo pertinente.
·
Podrán solicitar la intervención de los
restantes superiores jerárquicos, en caso de considerarlo pertinente.
·
Puede ocurrir que los formularios fueren coincidentes en las
funciones, pero no coincidente con la opinión de la Comisión. En tal caso, la
Comisión deberá convocar a ambos y/o analizar las funciones, emitiendo el
dictamen del caso.
·
Puede ocurrir que los formularios no fueren coincidentes en
las funciones. En tal caso, la Comisión deberá convocar a ambos y/o analizar
las funciones, emitiendo el dictamen del
caso.
8.
Concluido el trabajo de análisis de los formularios de todo
el personal del área, la Comisión deberá
emitir un dictamen general que será girado a la Comisión de reencasillamiento.
9.
El agente será notificado del dictamen producido por la
Comisión dentro de los 3 (tres) días hábiles posterior a su emisión
10. A tal efecto, la Comisión se constituirá
en lugar físico a determinar con el
objeto de que cada agente interesado pueda tomar conocimiento de su situación
particular. El personal que se considere afectado, en su derecho, podrá
solicitar a la Comisión de Pre encasillamiento la reconsideración del dictamen
particular, que será elevado a la Comisión de Re - encasillamiento con el
dictamen particular ampliatorio. Dicho recurso, deberá ser presentado dentro de
los 3 días hábiles siguientes a su notificación. Para constancia de
notificaciones se adjunta planilla Anexo III.
11. El Dictamen General
deberá ser rubricado por la autoridad máxima de la/s dependencia / s que
integran las áreas definidas, que deberá contener:
·
Fecha y hora de finalización en esta gestión
·
Datos del agente (Ítem 1-2)
·
Categoría de revista (Ítem 6)
·
Oficina (Ítem 7)
·
Agrupamiento (ítem 8)
·
Función actual (ítem 9)
·
Tarea Actual (Ítem 12)
·
Personal a cargo (Ítem 10)
·
Observaciones (con / sin).
·
Anexos (Hoja Nº 1 – 2 – 3) – Funciones.- Actas
·
Rubricas de todos los miembros de la Comisión
GLOSARIO:
Misión: Poder, facultad que se da a alguien de ir
a desempeñar algún cometido.
Función: Tarea que corresponde realizar a una
institución o entidad, o a sus órganos o personas.
Tarea: Obra o trabajo.
COMISIONES
DE PREENCASILLAMIENTO
ACTA DE
COMISIÓN PARITARIA DEL NIVEL PARTICULAR:
a los diecisiete días del mes de mayo de 2.006,siendo horas 16:10, se
propone la conformación de las siguientes Comisiones de Pre -
encasillamiento:
Rectorado
y Secretarias:
1.
Secretaría
Administrativa - . U.A.I., Dirección de Asesoría Jurídica
2.
Dirección
General de Obras y Servicios.
3.
Secretaría
de Bienestar Universitario.
4.
Secretaría
de Extensión Universitaria.
5.
Secretaría
Académica. Consejo de Investigación
6.
Rectorado,
Secretaría del Consejo Superior,
Secretaría
de Cooperación Técnica,
Secretaría
General, I.E.M.-Salta, Dirección de Posgrado y Relaciones Internacionales
7.
Sede
Regional Tartagal, I.E.M. Tartagal
8.
Sede
Regional Orán.
9.
Facultad
de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales.
10.
Facultad
de Humanidades.
11.
Facultad
de Ciencias Naturales.
12.
Facultad
de Ciencias de la Salud.
13.
Facultad
de Ciencias Exactas.
14.
Facultad
de Ingeniería.
CRONOGRAMA DE TRABAJO
De acuerdo
a los niveles de reencasillamiento fijados por la Comisión de Paritaria
Nacional que ha tenido en cuenta este procedimiento, se fija el siguiente
cronograma de reencasillamiento aplicable
a la Universidad Nacional de
Salta.
·
Agente: Entrega del formulario para encasillamiento (Nº 1)
o
Destinatario: Superior
Jerárquico Inmediato
o
Fecha de entrega: 28 de Junio de 2006.
·
Superior Jerárquico inmediato: Entrega del
formulario para encasillamiento (Nº 1)
o
Destinatario: Comisión
de Pre encasillamiento
o
Fecha de entrega: 28
de Junio de 2006
·
Comisión de Pre encasillamiento (Nivel 4): entrega del dictamen con los formularios Nº 1
y Nº 2:
o
Destinatario: Comisión
de Reencasillamiento
o
Fecha de entrega: 05
de Julio de 2006
Anexo I A – Expediente
Nº 2.503/04.-
Instrucciones para el llenado del formulario de reencasillamiento
El formulario ha sido realizado con el programa Adobe
Acrobat, por lo que es necesario abrirlo con la versión 7.0 del Adobe Reader
para ususarios de Windows XP o con la versión 6. 0 para usuarios de versiones
anteriores de Windows.
Consta de dos archivos: “formulario_pg1.pdf” y formulario_pg2.pdf”
Primer hoja:
El primero de ellos (“formulario_pg1. pdf”) en cuyo
ángulo superior izquierdo puede leerse la inscripción “Primera hoja”, tiene
carácter de declaración jurada, y debe ser completado y firmado por cada uno de
los agentes no docentes.
Hay dos opciones para el llenado del formulario, a saber:
Llenado en forma manuscrita:
1)
abrir
el archivo “formulario_pg1.pdf”con Adobe Reader.
2)
Imprimirlo
pulsando el botón “Imprimir formulario”
3)
Completar
a mano
Punto 1: Consignar la Facultad, Instituto, escuela, hospital, departamento u
otra dependencia donde el agente desempeña sus tareas habituales. En caso de la
Universidades con organización Departamental indicar la Secretaría de la que
depende el Área donde se desempeñan las tareas o el Departamento Académico si
correspondiere.
Punto 5: Debe indicarse el máximo nivel completo de estudios
aprobados, seleccionando sólo una de las siguientes opciones:
Primario Incompleto Primario Ciclo Básico Educación
Media
Secundario Terciario Universitario de pregrado
Universitario de grado
Tecnicatura en G. U. Posgrado
Punto 6: Debe indicarse la categoría de revista en la que el agente es titular.
Si estuviese cubriendo interinamente un cargo superior, deberá marcarse una
segunda opción de acuerdo a lo que corresponda.
Punto 8: Indicar el agrupamiento al que pertenece según el Decreto 2213/87,de
acuerdo a las siguientes opciones:
Administrativo Asistencial
Mantenimiento y Producción Profesional
Técnico Servicios
Generales
Punto 9: Debe consignarse sólo la función que desempeña en la estructura
orgánico funcional de la Universidad, sin detallar las características de las
tareas que desarrolla.
Punto 10: debe contestarse por Si o por No. En caso
afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial,
intermedio o mayor).
Punto11: indicar sin excederse del espacio del formulario, alguna observación
importante que haga al objetivo del formulario.
Llenado electrónico:
1)
Abrir
el archivo “formulario_pg1. pdf”con Adobe Reader.
2)
Completarlo
electrónicamente (Tenga en cuenta que los puntos 5, 6, 8 y 10 ofrecen valores
predeterminados que pueden seleccionarse pulsando la casilla de verificación)
3)
Guardarlo
con el apellido del agente (Por ejemplo Gómez.pdf)
4)
Imprimirlo
con el botón “Imprimir formulario”
5)
Si
se requiere seguir utilizando el formulario, limpiarlos datos usando el botón “Restablecer
formulario”
Punto 1: Consignar la Facultad, Instituto, escuela, hospital, departamento u
otra dependencia donde el agente desempeña sus tareas habituales. En caso de la
Universidades con organización Departamental indicar la Secretaría de la que
depende el Área donde se desempeñan las tareas o el Departamento Académico si
correspondiere.
Punto 5: Debe indicarse el máximo nivel completo de estudios aprobados.
Punto 6: Debe indicarse la categoría de revista en la que el agente es titular.
Si estuviese cubriendo interinamente un cargo superior, deberá marcarse una
segunda opción de acuerdo a lo que corresponda.
Punto 8: Indicar el agrupamiento al que pertenece de acuerdo al Decreto 2213/87.
Punto 9: Debe consignarse sólo la función que desempeña en la estructura
orgánico funcional de la Universidad, sin detallar las características de las
tareas que desarrolla.
Punto 10: debe contestarse por Si o por No. En caso
afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial,
intermedio o mayor).
Punto 11: indicar sin excederse del espacio del formulario, alguna
observación importante que haga al objetivo del formulario.
El segundo archivo
(“formulario_pg2.pdf”), contiene el formulario, en cuyo ángulo superior
izquierdo puede leerse la inscripción “Segunda hoja”, que debe ser
llenado por el Superior Jerárquico del agente que completó la “Primera hoja” y
se refiere a la tarea que realiza y cuál es su nivel de dependencia en la
estructura orgánica funcional de la Universidad.
Una vez que hayan sido completadas ambas hojas, el Superior
Jerárquico conformará el trámite mediante firma y extenderá la certificación
que se provee en la parte inferior de la Segunda hoja.
En aquellos casos en que el agente que cumplimentó la
primera hoja tuviese la máxima categoría escalafonaria de la dependencia u
organismo, el funcionario responsable de conformar dicha planilla será el
Director de Departamento, Secretario de Rectorado, Decano o la Autoridad fuera
de línea que correspondiese en orden superior de jerarquía.
Hay dos opciones para el llenado del formulario, a saber:
Llenado en forma manuscrita:
Punto 12. Indicar el tipo de tarea actual que realiza el agente a que
hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las que se presentan
en la siguiente lista (están en orden de jerarquía, o sea que, por ejemplo,
elegir la última incluye cualquiera otra tarea que esté antes):
De carácter elemental, de apoyo.
De carácter operativo, con
conocimientos específicos.
Supervisa tareas de personal de
tramo inicial.
Cumple tareas de colaboración y
apoyo al personal de tramo mayor.
Supervisa tareas de personal del
tramo intermedio.
Organiza tareas a nivel
Departamento.
De dirección, planeamiento,
coordinación y organización.
Contribuye en las políticas de
conducción y preparación y control de programas y proyectos.
Punto 13. Indicar cuál es el nivel de dependencia del agente a que
hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo uno de los que se presentan
en la siguiente lista:
En forma directa de la estructura de
conducción.
De una Dirección General o de una
estructura de conducción.
De la Dirección General o Dirección.
Del Director o Jefe del Departamento
respectivo.
Del Jefe de División o del Jefe de
Departamento.
Del Jefe de Supervisión.
Punto 14. Debe contestarse por Si o por No. En caso
afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial,
intermedio o mayor).
Los puntos 15, 16 y 17 sólo deben ser cumplimentados por el
Superior Jerárquico en el caso que el agente a que hace referencia la primera
hoja hubiese marcado dos opciones en el punto 6 de aquélla y se refiere
específicamente al cargo en el que el agente no docente revista como titular.
Esto es, que siendo titular de una determinada categoría, estuviese subrogando
o cubriendo en forma interina un cargo de mayor jerarquía escalafonaria.
Punto 15. Indicar el tipo de tarea como titular que realizaba el
agente a que se hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las
que se presentan en la siguiente lista (están en orden de jerarquía, o sea que,
por ejemplo, elegir la última incluye cualquiera otra que esté antes):
De carácter elemental, de apoyo.
De carácter operativo, con
conocimientos específicos.
Supervisa tareas de personal de
tramo inicial.
Cumple tareas de colaboración y
apoyo al personal de tramo mayor.
Supervisa tareas de personal de
tramo intermedio.
Organiza tareas a nivel
Departamento.
De dirección, planeamiento,
coordinación y organización.
Contribuye en las políticas de
conducción y preparación y control de programas y proyectos.
Punto 16. Indicar cuál era el nivel de dependencia del agente a que
hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo uno de los que se presentan
en la siguiente lista:
En forma directa de la estructura de
conducción.
De una Dirección General o de una
estructura de conducción.
De la Dirección General o Dirección.
Del Director o Jefe del Departamento
respectivo.
Del Jefe de División o del Jefe de
Departamento.
Del Jefe de Supervisión.
Punto 17. Debe contestarse por Si o por No. En caso
afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial,
intermedio o mayor).
Llenado electrónico:
Punto 12. Indicar el tipo de tarea actual que
realiza el agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una
de las opciones que se presentan.
Punto 13. Indicar cuál es el
nivel de dependencia del agente a que hace referencia la primera hoja,
seleccionando sólo una de las opciones que se presentan.
Punto 14. Debe contestarse por Si o
por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el
personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).
Los puntos 15, 16 y 17 sólo deben ser cumplimentados por el
Superior Jerárquico, en el caso que el agente a que hace referencia la Primera
hoja, hubiese marcado dos opciones en el punto 6 de aquélla y se refiere
específicamente al cargo en el que el agente no docente revista como titular. Esto
es, que siendo titular de una determinada categoría estuviese subrogando o
cubriendo en forma interina un cargo de mayor jerarquía escalafonaria.
Punto 15. Indicar el tipo de tarea como
titular que realizaba el agente a que se hace referencia la primera hoja,
seleccionando sólo una de las opciones que se presentan.
Punto 16. Indicar cuál era el nivel de
dependencia del agente a que hace referencia la Primera hoja, seleccionando
sólo uno de las opciones que se presentan.
Punto 17. Debe contestarse por Si o por No. En
caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo
(inicial, intermedio o mayor).