SALTA 07 JULIO 2006

Expediente Nº 2.503/04.-

RESOLUCIÓN CS N° 288/06

 

VISTO, las presentes actuaciones y en particular, el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR NO DOCENTE DE LAS INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS NACIONALES, homologado por el Decreto Presidencial Nº 366/2006, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Convenio fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación Argentina Nº 30.880 del día 5 de abril del corriente año.

Que el artículo 4º determina que: “El presente convenio colectivo tendrá una vigencia de dos años, a contar desde el día siguiente a la publicación del decreto que lo homologue. …”.

Que el artículo 149 del mismo establece que:

En el marco del presente convenio, las Instituciones Universitarias Nacionales asignarán un área de responsabilidad específica para su implementación y ejecución y de aquellos acuerdos que se articulen a nivel particular. Tendrá como misiones y funciones las de:

a) coordinar, gestionar y ejecutar políticas tendientes a poner en marcha los acuerdos,

b) mantener un sistema de información interconectado entre sus dependencias y con la entidad que represente la unificación de la parte empleadora en los siguientes temas:

Administración del trabajo (régimen sindical, inspección y control de normas laborales al interior del sistema, higiene y salubridad, accidentes de trabajo y atención de enfermedades, y normas relativas a la protección del trabajador, negociación y tratamiento de conflictos).

Capacitación.

Políticas de empleo (cambio de funciones, retiros).”

Que en la Paritaria Nacional del Sector No Docente de la cual participan los Paritarios del Consejo Interuniversitario Nacional y de la Federación Argentina de Trabajadores de Universidades Nacionales se acordó para la implementación del reencasillamiento un procedimiento homogéneo para todas las Universidades Nacionales, que prevé la creación de un área de reencasillamiento a nivel Universidad y subcomisiones a nivel Unidades Académicas o Administrativas.

Que respecto de dichas áreas, se sugiere que estén compuestas en partes iguales por personal no docente de planta permanente y otros representantes que designe la institución universitaria, a fin de facilitar el consenso acerca del futuro reencasillamiento.

Que, además, se acordó a nivel nacional la conveniencia de que ninguna persona integre más de una de las etapas del proceso de reencasillamiento, cuestión compartida por Comisión de Paritaria de Nivel Particular de esta Universidad.

Que el procedimiento debe contemplar una serie de pasos, tipificadores y demás sugerencias acordadas en el seno de la Paritaria Nacional, que fueron aprobadas por el Comité Ejecutivo del CIN y presentadas a las Casas de Estudios y representantes gremiales de base, en la reunión realizada en dicho Consejo el día 9 de mayo último y que fueron remitidas oficialmente mediante Nota S.T. Nº 120501 de la Secretaría Técnica del CIN.

Que el procedimiento a seguir en el proceso de reencasillamiento del Personal de Apoyo Universitario de esta Universidad, ha sido analizado en el seno de la Comisión de Paritaria de Nivel Particular, según consta en las Actas obrantes en el expediente de referencia.

Que, conforme lo establecen los inc. 1) y 35) del Artículo 100 del Estatuto de esta Universidad, es atribución del Consejo Superior “Ejercer la jurisdicción superior universitaria” y “Ejercer todas las demás atribuciones que no estuvieren explícitamente reservadas a la Asamblea, al Rector o al Gobierno de las Facultades” y consecuentemente, poner en marcha el proceso de reencasillamiento dispuesto por Decreto Nacional Nº 366/06

Que la Ley de Educación Superior Nº 24.521 – Art. 59 inc. b), establece que las Universidades Nacionales tienen atribuciones para fijar su régimen salarial y de administración de personal.

Que la Comisión de Paritaria de Nivel Particular de esta Universidad, en su reunión del día 22 de junio de 2006, aprobó el “INSTRUCTIVO PARA EL PREENCASILLAMIENTO-NIVEL 4”, elaborado por la Comisión de Reencasillamiento, designada mediante Resolución R Nº 524/06 y modificada por Resolución R Nº 530/05

Que el Artículo 2º de la resolución CS Nº 036/98, establece que “los acuerdos a los que arriben los representantes designados ante la Comisión Negociadora del Nivel Particular, estarán sujetos a aprobación de este Consejo Superior para su ejecución”.

Que la documentación presentada por la Comisión de Reencasillamiento fue analizada por la Comisión de Paritaria de Nivel Particular (en reunión llevada a cabo el 22/06/06).

            POR ELLO y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Extraordinaria del 6 de julio de 2006)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Disponer el reencasillamiento funcional del Personal de Apoyo Universitario de la Universidad Nacional de Salta, conforme lo establecido en Decreto Nacional Nº 366/2006, que homologa el Convenio Colectivo de Trabajo acordado por la Comisión Paritaria de Nivel General.

ARTICULO 2º.- Disponer que lo establecido mediante la presente resolución, alcanza a todos los cargos incluidos en la Planta aprobada para el Personal de Apoyo Universitario de la Universidad Nacional de Salta.

ARTICULO 3º.- Las dependencias a que se refiere el punto 3) del Acta de Comisión Paritaria de Nivel Particular, de fecha 17 de mayo de 2006, formalizarán mediante resolución la conformación de las Comisiones de Pre-encasillamiento correspondientes a sus sectores. Aquellas dependencias que hayan conformado sus Comisiones de Pre-encasillamiento en acto previo, son convalidados por la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Aprobar las Pautas Generales del Reencasillamiento sugeridas por la Comisión Paritaria General del Sector No Docente, las que como Anexo I forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º. Aprobar el INSTRUCTIVO PARA EL PREENCASILLAMIENTO – NIVEL 4 propuesto por la Comisión de Reencasillamiento, el que como “Anexo II”, forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.-  Disponer que la Comisión de Reencasillamiento – Nivel 3 - elaborará su Reglamento de Funcionamiento Interno, el que será puesto a consideración de la Comisión de Paritarias de Nivel Particular y sujeto a aprobación de este Cuerpo.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, Comisiones de Pre-encasillamiento,  Comisión de Reencasillamiento, Comisión de Paritarias, Direcciones Generales, APUNSa., U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR.
FDO.: Prof. Juan A. BARBOSA – Dr. Carlos Alberto CADENA



 


Anexo I – Expediente Nº 2.503/04.-

 

COMISION PRE ENCASILLAMIENTO

NIVEL 4

INSTRUCTIVO

Objetivo de la Comisión de Pre encasillamiento:

·         Tendrá a su cargo el pre encasillamiento de cada agente no docente del Sector Pre-definido, para lo cual deberá observar las pautas siguientes procedimentales.

·         Emitir un dictamen de la labor desarrollada.

PAUTAS PARA EL ENCASILLAMIENTO (Instructivo del CIN):

1.       Deberá conformar una comisión por cada agrupamiento, la misma deberá estar integrada como mínimo por 4 representantes, 2 por parte de las autoridades y 2 por los trabajadores.

2.       La entidad gremial podrá designar un veedor.

3.       Las pautas para la conformación de las comisiones estarán a cargo de la paritaria particular.

4.       El Dictamen deberá ser rubricado por la autoridad máxima de la institución.

5.       Este dictamen deberá ser enviado a la Comisión Central de Rencasillamiento.

6.       Para cumplimentar el trabajo de la comisión, la misma deberá contar con todos los formularios para el reencasillamiento de cada agente.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

A.      Se deberá conformar una comisión UNICA integrada por  8 representantes, buscando que se encuentren representados todos los agrupamientos existentes en el Sector. La conformación de cada Comisión de cada sector se realizara por votación directa entre el personal que comprende el mismo. Se labrará una acta (Nº 1).

B.      El original del acta deberá ser elevada a la autoridad máxima del Sector, quien previa formación de expediente emitirá el acto administrativo correspondiente, el cual será notificado a los integrantes de la Comisión y publicado en carteleras del Sector.

C.      Dicha Comisión deberá elegir un presidente y un secretario de actas, configurando un Acta Nº 2.

D.      Procedimiento de trabajo:

1.       Lo formularios de reencasillamiento e instructivos para su llenado, que se agregan como Anexo I, I A, II y II A, serán los instrumentos formales a ser tenidos en cuenta.

2.       Los agentes del sector serán debidamente informados para el llenado de los formularios por los miembros de la Comisión.

3.       Deberá recepcionar los formularios correspondientes, debidamente confeccionados y rubricados:

·               Nº 1: Llenado y firmado por el agente correspondiente a su cargo permanente.

·               Nº 2:  llenado y firmado por el superior jerárquico inmediato.

4.       Se deberá solicitar el detalle de tareas actuales del agente, que deberá ser emitido por el Director, Director General y/o autoridad correspondiente.

5.       Deberá solicitarse la estructura actual de cada sector.

6.       Todo personal afectado transitoriamente a otra dependencia deberá presentar los formularios en el Sector donde presta servicios teniendo en cuenta el cargo de base del agente y las pautas contenidas en el presente acto.

7.       Al recepcionar los formularios se debe:

·         Analizar los mismos y emitir dictamen en particular (Hoja Nº 3).

·         Puede ocurrir que los formularios fueren coincidentes en las funciones, y también coincidente con la opinión de la Comisión, emitiendo el dictamen  favorable del caso de considerarlo pertinente.

·         Podrán solicitar la intervención de los restantes superiores jerárquicos, en caso de considerarlo pertinente.

·         Puede ocurrir que los formularios fueren coincidentes en las funciones, pero no coincidente con la opinión de la Comisión. En tal caso, la Comisión deberá convocar a ambos y/o analizar las funciones, emitiendo el dictamen  del caso.

·         Puede ocurrir que los formularios no fueren coincidentes en las funciones. En tal caso, la Comisión deberá convocar a ambos y/o analizar las funciones, emitiendo el dictamen  del caso.   

8.       Concluido el trabajo de análisis de los formularios de todo el personal del área,  la Comisión deberá emitir un dictamen general que será girado a la Comisión de reencasillamiento.

9.       El agente será notificado del dictamen producido por la Comisión dentro de los 3 (tres) días hábiles posterior a su emisión

10.    A tal efecto, la Comisión se constituirá en  lugar físico a determinar con el objeto de que cada agente interesado pueda tomar conocimiento de su situación particular. El personal que se considere afectado, en su derecho, podrá solicitar a la Comisión de Pre encasillamiento la reconsideración del dictamen particular, que será elevado a la Comisión de Re - encasillamiento con el dictamen particular ampliatorio. Dicho recurso, deberá ser presentado dentro de los 3 días hábiles siguientes a su notificación. Para constancia de notificaciones se adjunta planilla Anexo III.

11.   El Dictamen General deberá ser rubricado por la autoridad máxima de la/s dependencia / s que integran las áreas definidas, que deberá contener:

·         Fecha y hora de finalización en esta gestión

·         Datos del agente (Ítem 1-2)

·         Categoría de revista (Ítem 6)

·         Oficina (Ítem 7)

·         Agrupamiento (ítem 8)

·         Función actual (ítem 9)

·         Tarea Actual (Ítem 12)

·         Personal a cargo (Ítem 10)

·         Observaciones (con / sin).

·         Anexos (Hoja Nº 1 – 2 – 3) – Funciones.- Actas

·         Rubricas de todos los miembros de la Comisión

GLOSARIO:

Misión: Poder, facultad que se da a alguien de ir a desempeñar algún cometido.

Función: Tarea que corresponde realizar a una institución o entidad, o a sus órganos o personas.

Tarea: Obra o trabajo.

 

COMISIONES DE  PREENCASILLAMIENTO

ACTA DE COMISIÓN PARITARIA DEL NIVEL PARTICULAR:   a los diecisiete días del mes de mayo de 2.006,siendo horas 16:10,  se  propone la conformación de las siguientes Comisiones de Pre - encasillamiento:

Rectorado y Secretarias:

1.       Secretaría Administrativa - . U.A.I., Dirección de Asesoría Jurídica

2.       Dirección General de Obras y Servicios.

3.       Secretaría de Bienestar Universitario.

4.       Secretaría de Extensión Universitaria.

5.       Secretaría Académica. Consejo de Investigación

6.       Rectorado, Secretaría del Consejo Superior,

Secretaría de Cooperación Técnica,

Secretaría General, I.E.M.-Salta, Dirección de Posgrado y Relaciones Internacionales

Sedes Regionales e Instituto Educación Media

7.       Sede Regional Tartagal, I.E.M. Tartagal

8.       Sede Regional Orán.

Facultades

9.       Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales.

10.   Facultad de Humanidades.

11.   Facultad de Ciencias Naturales.

12.   Facultad de Ciencias de la Salud.

13.   Facultad de Ciencias Exactas.

14.   Facultad de Ingeniería.

CRONOGRAMA DE TRABAJO 

De acuerdo a los niveles de reencasillamiento fijados por la Comisión de Paritaria Nacional que ha tenido en cuenta este procedimiento, se fija el siguiente cronograma de reencasillamiento aplicable  a  la Universidad Nacional de Salta.

·         Agente: Entrega del formulario  para encasillamiento (Nº 1)

o        Destinatario:                 Superior Jerárquico Inmediato

o        Fecha de entrega: 28 de Junio de 2006.

·         Superior Jerárquico inmediato: Entrega del formulario  para encasillamiento (Nº 1)

o        Destinatario:                 Comisión de Pre encasillamiento

o        Fecha de entrega:  28 de Junio de 2006

·         Comisión de Pre encasillamiento (Nivel 4):  entrega del dictamen con los formularios Nº 1 y Nº 2:

o        Destinatario:     Comisión de Reencasillamiento

o        Fecha de entrega:  05 de Julio de 2006


Anexo I A – Expediente Nº 2.503/04.-

 

Instrucciones para el llenado del formulario de reencasillamiento

El formulario ha sido realizado con el programa Adobe Acrobat, por lo que es necesario abrirlo con la versión 7.0 del Adobe Reader para ususarios de Windows XP o con la versión 6. 0 para usuarios de versiones anteriores de Windows.

Consta de dos archivos: “formulario_pg1.pdf” y formulario_pg2.pdf”

Primer hoja:

El primero de ellos (“formulario_pg1. pdf”) en cuyo ángulo superior izquierdo puede leerse la inscripción “Primera hoja”, tiene carácter de declaración jurada, y debe ser completado y firmado por cada uno de los agentes no docentes.

 

Hay dos opciones para el llenado del formulario, a saber:

 

Llenado en forma manuscrita:

1)       abrir el archivo “formulario_pg1.pdf”con Adobe Reader.

2)       Imprimirlo pulsando el botón “Imprimir formulario”

3)       Completar a mano

 

Punto 1: Consignar la Facultad, Instituto, escuela, hospital, departamento u otra dependencia donde el agente desempeña sus tareas habituales. En caso de la Universidades con organización Departamental indicar la Secretaría de la que depende el Área donde se desempeñan las tareas o el Departamento Académico si correspondiere.

 

Punto 5: Debe indicarse el máximo nivel completo de estudios aprobados, seleccionando sólo una de las siguientes opciones:

 

Primario Incompleto                  Primario                       Ciclo Básico Educación Media

Secundario                               Terciario                       Universitario de pregrado

Universitario de grado                Tecnicatura en G. U.     Posgrado

 

Punto 6: Debe indicarse la categoría de revista en la que el agente es titular. Si estuviese cubriendo interinamente un cargo superior, deberá marcarse una segunda opción de acuerdo a lo que corresponda.

 

Punto 8: Indicar el agrupamiento al que pertenece según el Decreto 2213/87,de acuerdo a las siguientes opciones:

 

Administrativo                           Asistencial

Mantenimiento y Producción      Profesional

Técnico                                    Servicios Generales

 

Punto 9: Debe consignarse sólo la función que desempeña en la estructura orgánico funcional de la Universidad, sin detallar las características de las tareas que desarrolla.

 

Punto 10: debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).

 

Punto11: indicar sin excederse del espacio del formulario, alguna observación importante que haga al objetivo del formulario.

 

Llenado electrónico:

1)       Abrir el archivo “formulario_pg1. pdf”con Adobe Reader.

2)       Completarlo electrónicamente (Tenga en cuenta que los puntos 5, 6, 8 y 10 ofrecen valores predeterminados que pueden seleccionarse pulsando la casilla de verificación)

3)       Guardarlo con el apellido del agente (Por ejemplo Gómez.pdf)

4)       Imprimirlo con el botón “Imprimir formulario” 

5)       Si se requiere seguir utilizando el formulario, limpiarlos datos usando el botón “Restablecer formulario”

 

Punto 1: Consignar la Facultad, Instituto, escuela, hospital, departamento u otra dependencia donde el agente desempeña sus tareas habituales. En caso de la Universidades con organización Departamental indicar la Secretaría de la que depende el Área donde se desempeñan las tareas o el Departamento Académico si correspondiere.

 

Punto 5: Debe indicarse el máximo nivel completo de estudios aprobados.

 

Punto 6: Debe indicarse la categoría de revista en la que el agente es titular. Si estuviese cubriendo interinamente un cargo superior, deberá marcarse una segunda opción de acuerdo a lo que corresponda.

 

Punto 8: Indicar el agrupamiento al que pertenece de acuerdo al Decreto 2213/87.

 

Punto 9: Debe consignarse sólo la función que desempeña en la estructura orgánico funcional de la Universidad, sin detallar las características de las tareas que desarrolla.

 

Punto 10: debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).

 

Punto 11: indicar sin excederse del espacio del formulario, alguna observación importante que haga al objetivo del formulario.


ANEXO II A – Expediente Nº 2.503/04.-

 

Segunda hoja

El segundo archivo (“formulario_pg2.pdf”), contiene el formulario, en cuyo ángulo superior izquierdo puede leerse la inscripción “Segunda hoja”, que debe ser llenado por el Superior Jerárquico del agente que completó la “Primera hoja” y se refiere a la tarea que realiza y cuál es su nivel de dependencia en la estructura orgánica funcional de la Universidad.

Una vez que hayan sido completadas ambas hojas, el Superior Jerárquico conformará el trámite mediante firma y extenderá la certificación que se provee en la parte inferior de la Segunda hoja.

En aquellos casos en que el agente que cumplimentó la primera hoja tuviese la máxima categoría escalafonaria de la dependencia u organismo, el funcionario responsable de conformar dicha planilla será el Director de Departamento, Secretario de Rectorado, Decano o la Autoridad fuera de línea que correspondiese en orden superior de jerarquía.

Hay dos opciones para el llenado del formulario, a saber:

 

Llenado en forma manuscrita:

  1. Abrir el archivo “formulario_pg1.pdf” con Adobe Reader.
  2. Imprimirlo pulsando el botón “Imprimir formulario”.
  3. Completarlo a mano.

 

Punto 12. Indicar el tipo de tarea actual que realiza el agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las que se presentan en la siguiente lista (están en orden de jerarquía, o sea que, por ejemplo, elegir la última incluye cualquiera otra tarea que esté antes):

De carácter elemental, de apoyo.

De carácter operativo, con conocimientos específicos.

Supervisa tareas de personal de tramo inicial.

Cumple tareas de colaboración y apoyo al personal de tramo mayor.

Supervisa tareas de personal del tramo intermedio.

Organiza tareas a nivel Departamento.

De dirección, planeamiento, coordinación y organización.

Contribuye en las políticas de conducción y preparación y control de programas y proyectos.

 

Punto 13. Indicar cuál es el nivel de dependencia del agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo uno de los que se presentan en la siguiente lista:

En forma directa de la estructura de conducción.

De una Dirección General o de una estructura de conducción.

De la Dirección General o Dirección.

Del Director o Jefe del Departamento respectivo.

Del Jefe de División o del Jefe de Departamento.

Del Jefe de Supervisión.

 

Punto 14. Debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).

Los puntos 15, 16 y 17 sólo deben ser cumplimentados por el Superior Jerárquico en el caso que el agente a que hace referencia la primera hoja hubiese marcado dos opciones en el punto 6 de aquélla y se refiere específicamente al cargo en el que el agente no docente revista como titular. Esto es, que siendo titular de una determinada categoría, estuviese subrogando o cubriendo en forma interina un cargo de mayor jerarquía escalafonaria.

 

Punto 15. Indicar el tipo de tarea como titular que realizaba el agente a que se hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las que se presentan en la siguiente lista (están en orden de jerarquía, o sea que, por ejemplo, elegir la última incluye cualquiera otra que esté antes):

De carácter elemental, de apoyo.

De carácter operativo, con conocimientos específicos.

Supervisa tareas de personal de tramo inicial.

Cumple tareas de colaboración y apoyo al personal de tramo mayor.

Supervisa tareas de personal de tramo intermedio.

Organiza tareas a nivel Departamento.

De dirección, planeamiento, coordinación y organización.

Contribuye en las políticas de conducción y preparación y control de programas y proyectos.

 

Punto 16. Indicar cuál era el nivel de dependencia del agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo uno de los que se presentan en la siguiente lista:

En forma directa de la estructura de conducción.

De una Dirección General o de una estructura de conducción.

De la Dirección General o Dirección.

Del Director o Jefe del Departamento respectivo.

Del Jefe de División o del Jefe de Departamento.

Del Jefe de Supervisión.

 

Punto 17. Debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).

 

Llenado electrónico:

  1. Abrir el archivo “formulario_pg2.pdf” con Adobe Reader.
  2. Completarlo electrónicamente. (Tenga en cuanta que todos los puntos ofrecen valores predeterminados que pueden seleccionarse pulsando la casilla de verificación).
  3. Guardarlo con el apellido del agente seguido de un número 2 o la palabra “bis.” dado que ya ha guardado la primera hoja con ese apellido (Por ejemplo Gomez2.pdf o Gomezbis.pdf).
  4. Imprimirlo con el botón “imprimir formulario”.
  5. Si se quiere seguir utilizando el formulario, limpiar los datos usando el botón “Reestablecer formulario”.

Punto 12. Indicar el tipo de tarea actual que realiza el agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las opciones que se presentan.

Punto 13. Indicar cuál es el nivel de dependencia del agente a que hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las opciones que se presentan.

Punto 14. Debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).

Los puntos 15, 16 y 17 sólo deben ser cumplimentados por el Superior Jerárquico, en el caso que el agente a que hace referencia la Primera hoja, hubiese marcado dos opciones en el punto 6 de aquélla y se refiere específicamente al cargo en el que el agente no docente revista como titular. Esto es, que siendo titular de una determinada categoría estuviese subrogando o cubriendo en forma interina un cargo de mayor jerarquía escalafonaria.

Punto 15. Indicar el tipo de tarea como titular que realizaba el agente a que se hace referencia la primera hoja, seleccionando sólo una de las opciones que se presentan.

Punto 16. Indicar cuál era el nivel de dependencia del agente a que hace referencia la Primera hoja, seleccionando sólo uno de las opciones que se presentan.

Punto 17. Debe contestarse por Si o por No. En caso afirmativo, agregar a qué tramo corresponde el personal que tiene a cargo (inicial, intermedio o mayor).