SALTA 07 JULIO 2006
Expediente
Nº 2.522/03.-
RESOLUCIÓN CS Nº
287/06
VISTO
estas actuaciones y, en particular, la presentación efectuada por personal de apoyo universitario que posee el
título de “Técnico Universitario en Administración Pública” (TUAP) expedido por
esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que
a través de la misma solicitan que, a los efectos de la liquidación del “Adicional
por Título” previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No
Docente de las Instituciones Universitarias (homologado por Decreto PEN Nº
366/2006), se tome el porcentaje del 20% previsto para la “Tecnicatura en
Gestión Universitaria”.
Que el Artículo 60 del
mencionado Convenio establece:
“Adicional por título:
El trabajador no docente de las UUNN, percibirá el adicional por título de
conformidad con las siguientes normas:
a) Títulos universitarios de carreras de
posgrado, el treinta por ciento (30%) de la asignación de la categoría de
revista.
b) Títulos universitarios de carreras de grado,
veinticinco por ciento (25%) de la asignación de la categoría de revista.
c) Tecnicatura en Gestión Universitaria, veinte
por ciento (20%) de la asignación de la categoría de revista.
d) Títulos universitarios de pregrado o de
estudios superiores, que demanden de uno (1) a tres (3) años de estudio de
tercer nivel: diez por ciento (10%) de la asignación de la categoría de
revista.
e) Títulos secundarios en sus distintas
especialidades y del polimodal y los similares expedidos por la Dirección
Nacional de Educación del adulto: diecisiete con cincuenta por ciento (17,50%)
de la asignación de la categoría 7.”
Que
analizada la solicitud formulada por los TUAP, la Comisión de Paritaria de
Nivel Particular (en reunión llevada a cabo el 22/06/06) resolvió por
unanimidad hacer lugar a lo planteado.
POR ELLO y luego de
constituido en Comisión,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SALTA
(en su Primera Sesión Extraordinaria
del 6 de julio de 2006)
R E S U E
L V E:
ARTÍCULO
1º.- Disponer que la liquidación del “Adicional por Título” al Personal de
Apoyo Universitario que ostente el Título de TÉCNICO UNIVERSITARIO EN
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, se realizará con un porcentaje de un veinte por ciento
(20%) sobre la asignación de la categoría de revista, a partir de la vigencia
del Convenio Colectivo de Trabajo (homologado por Decreto PEN 366/06).
ARTÍCULO
2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Dirección General de Personal, TUAP,
U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal para
su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de
esta Universidad.-
RSR
FDO: Prof. Juan A. BARBOSA – Dr. Carlos Alberto CADENA