SALTA, 15/05/06.-

Expediente N° 23.256/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 180/06.-

VISTO el Acuerdo Paritario celebrado por el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (CONADU y CONADU Histórica), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES (FATUN) y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, del 1º, 3 y 14 de setiembre de 2005; y las Resoluciones 565/05 (C.S.) y Nº 1468/05 (Rectoral), y

CONSIDERANDO:

            Que en dicho acuerdo se estableció un aumento salarial en algunos casos y en otros la conversión de sumas no remunerativas y no bonificables en remunerativas y bonificables para los docentes universitarios y preuniversitarios de las Universidades Nacionales, programados a partir de Agosto, Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2005 y Enero, Marzo, Mayo y Julio del año 2006.

            Que a la fecha se recibió el instructivo para elaborar la liquidación salarial del sueldo de Marzo de 2006 al personal docente (universitario y preuniversitario) y para el personal de apoyo universitario, acorde con los acuerdos salariales celebrados entre los sectores gremiales y la Secretaría de Políticas Universitarias – Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología – CIN.

            Que en el mismo mes, se recibió el instructivo relativo a los lineamientos para la liquidación de los salarios preuniversitarios del mes de marzo de 2006 Garantía de $ 840,00 netos y $ 100,00 mínimo aumento a partir del mes de Marzo de 2006.

            Que la Dirección General de Personal ha elaborado las nuevas Escalas de Sueldos correspondiente al mes de Marzo – 2006, incorporando los nuevos conceptos dispuesto por el Acuerdo mencionado.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 053/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a efectuar las Liquidaciones de Sueldos con las nuevas Escalas de Sueldos, con vigencia a partir del mes de Marzo de 2006 y conforme a los ANEXOS I, II y III que forman parte integrante de la presente,.

ARTÍCULO 2º.- Establecer el Instructivo de Liquidación de Sueldo – Secretaría de Políticas Universitarias para el mes de Marzo del corriente año, que como Anexos A, B y C forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA