SALTA,
15/05/06.-
Expediente N° 23.256/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 180/06.-
VISTO
el Acuerdo Paritario celebrado por el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL
(CIN), la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (CONADU y CONADU
Histórica), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES
NACIONALES (FATUN) y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA
NACIÓN, del 1º, 3 y 14 de setiembre de 2005; y las Resoluciones 565/05 (C.S.) y
Nº 1468/05 (Rectoral), y
CONSIDERANDO:
Que en dicho acuerdo se estableció
un aumento salarial en algunos casos y en otros la conversión de sumas no
remunerativas y no bonificables en remunerativas y bonificables para los docentes
universitarios y preuniversitarios de las Universidades Nacionales, programados
a partir de Agosto, Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2005 y
Enero, Marzo, Mayo y Julio del año 2006.
Que a la fecha se recibió el
instructivo para elaborar la liquidación salarial del sueldo de Marzo de 2006
al personal docente (universitario y preuniversitario) y para el personal de
apoyo universitario, acorde con los acuerdos salariales celebrados entre los
sectores gremiales y la Secretaría de Políticas Universitarias – Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología – CIN.
Que en el mismo mes, se recibió el
instructivo relativo a los lineamientos para la liquidación de los salarios
preuniversitarios del mes de marzo de 2006 Garantía de $ 840,00 netos y $ 100,00
mínimo aumento a partir del mes de Marzo de 2006.
Que la Dirección General de Personal
ha elaborado las nuevas Escalas de Sueldos correspondiente al mes de Marzo –
2006, incorporando los nuevos conceptos dispuesto por el Acuerdo mencionado.
Por ello, en uso de las
atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de
Hacienda, mediante Despacho Nº 053/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)
R
E S U E L V E :
Artículo 1º.- Autorizar
a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a efectuar las Liquidaciones de Sueldos con
las nuevas Escalas de Sueldos, con vigencia a partir del mes de Marzo de 2006 y
conforme a los ANEXOS I, II y III que forman parte integrante de la presente,.
ARTÍCULO
2º.- Establecer el Instructivo de Liquidación de Sueldo – Secretaría de
Políticas Universitarias para el mes de Marzo del corriente año, que como
Anexos A, B y C forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades,
Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, UAI y Asesoría
Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Personal a sus efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA