SALTA,
09/05/06.-
Expediente N° 2.579/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 172/06.-
VISTO las presentes actuaciones y, en particular las Resoluciones Nº 881/05,
1100/05 y 1.432/05 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la
Nación, por la cual asigna fondos para atender los Acuerdos firmados con el
Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Federación de Trabajadores de
las Universidades Nacionales (FATUN), y
CONSIDERANDO:
Que según se desprende del informe de Secretaría Administrativa,
de la aplicación de la citadas resoluciones existe un remanente de fondos.
Que este Cuerpo entiende oportuno realizar la
distribución de ese remanente en carácter de Beca de Capacitación; a la vez que
juzga necesario que a través de las
Unidades de Gestión de esta Universidad se organicen actividades de
capacitación que permitan efectivizar el objetivo de la beca que se asigna.
Que al inicio del presente mes se hizo
efectiva la suma de $ 100,oo al personal de apoyo universitario de esta
Universidad.
Por ello y atento a lo aconsejado
por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 053/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1º.- Convalidar la asignación efectuada al personal de apoyo universitario (en
carácter de BECA DE CAPACITACIÓN), por el importe de PESOS CIEN ($ 100,oo) a
cada uno, conformado por: PESOS CINCUENTA ($ 50,oo) correspondientes al mes de Marzo
de 2006 y PESOS CINCUENTA ($ 50,oo) correspondientes al mes de Abril 2006.
ARTÍCULO
2º.- Solicitar a las Unidades de Gestión de esta Universidad que organicen
actividades de capacitación que permitan efectivizar el objetivo de la beca
asignada por el artículo precedente.
ARTÍCULO
3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, Consejo
de Investigación, IEM, Secretaría Administrativa, Dirección General de
Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Asesoría
Jurídica y UAI. Cumplido, siga a Dirección General de Administración a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF.
JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA