SALTA, 08/05/06.-
Expediente
Nº 10.271/94.-
RESOLUCIÓN CS Nº 152/06.-
VISTO
las presentes actuaciones por las cuales el Consejo Directivo de la Facultad de
Ciencias Naturales, a través de las Res. 463/05 y 087/06, solicita a este
Cuerpo dar por finalizadas las funciones del Ing. Angel Mármol, en el cargo de
Profesor Consulto en la categoría de Adjunto con dedicación exclusiva, con
efecto al 14 de noviembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución CS Nº 367/99, el
Consejo Superior renovó la designación del Ing. Mármol, a partir del 14 de
noviembre de 1999 y por el término de cinco (5)
años.
Que posteriormente, por Resolución
CS Nº 114/02 y modificatorias, reglamentó el Artículo 27 del Estatuto
Universitario.
Que asimismo, a través de la
Resolución CS Nº 272/00, este Cuerpo resolvió: “Dejar establecido que las
categorías de Profesor Emérito o Consulto previstas en los Artículos 27 y 28
del Estatuto de la UNSa, son de carácter honorífico y vitalicio, no vinculantes
con designaciones que impliquen erogación presupuestaria”.
Que este Cuerpo juzga necesario
mantener el carácter de Profesor Consulto del Ing. Mármol, en virtud de los
méritos del mismo y lo reglamentado por Resolución CS Nº 272/00.
Por ello, en
uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la
Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 079/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO
1º.- Dar por finalizadas las funciones docentes del Ing. Luis Ángel Mármol,
L.E. Nº 4.341.775, encuadradas en el cargo de Profesor Extraordinario Consulto,
en la categoría de Adjunto con dedicación exclusiva, con efecto al 14 de
noviembre de 2004.
ARTÍCULO
2º.- Interpretar que la designación del Ing. Luis Ángel Mármol, formalizada
mediante Resolución CS Nº 377/94 (fs. 16), en el cargo de Profesor
Extraordinario Consulto, reviste carácter de
honorífico y vitalicio, conforme lo establece la Resolución CS Nº
272/00, por lo que este Universidad, en mérito a sus antecedentes, mantiene tal
designación.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado,
Facultad de Ciencias Naturales, Ing. Mármol, Dirección de Control Curricular, Dirección
General de Personal, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias
Naturales a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta
Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA