SALTA, 08/05/06.-

Expediente Nº 10.271/94.-

RESOLUCIÓN CS Nº 152/06.-

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales, a través de las Res. 463/05 y 087/06, solicita a este Cuerpo dar por finalizadas las funciones del Ing. Angel Mármol, en el cargo de Profesor Consulto en la categoría de Adjunto con dedicación exclusiva, con efecto al 14 de noviembre de 2004, y

            CONSIDERANDO:

            Que por Resolución CS Nº 367/99, el Consejo Superior renovó la designación del Ing. Mármol, a partir del 14 de noviembre de 1999 y por el término de cinco (5)  años.

            Que posteriormente, por Resolución CS Nº 114/02 y modificatorias, reglamentó el Artículo 27 del Estatuto Universitario.

            Que asimismo, a través de la Resolución CS Nº 272/00, este Cuerpo resolvió: “Dejar establecido que las categorías de Profesor Emérito o Consulto previstas en los Artículos 27 y 28 del Estatuto de la UNSa, son de carácter honorífico y vitalicio, no vinculantes con designaciones que impliquen erogación presupuestaria”.

            Que este Cuerpo juzga necesario mantener el carácter de Profesor Consulto del Ing. Mármol, en virtud de los méritos del mismo y lo reglamentado por Resolución CS Nº 272/00.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 079/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas las funciones docentes del Ing. Luis Ángel Mármol, L.E. Nº 4.341.775, encuadradas en el cargo de Profesor Extraordinario Consulto, en la categoría de Adjunto con dedicación exclusiva, con efecto al 14 de noviembre de 2004.

ARTÍCULO 2º.- Interpretar que la designación del Ing. Luis Ángel Mármol, formalizada mediante Resolución CS Nº 377/94 (fs. 16), en el cargo de Profesor Extraordinario Consulto, reviste carácter de  honorífico y vitalicio, conforme lo establece la Resolución CS Nº 272/00, por lo que este Universidad, en mérito a sus antecedentes, mantiene tal designación.

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Ciencias Naturales, Ing. Mármol, Dirección de Control Curricular, Dirección General de Personal, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Naturales a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA