SALTA, 08/05/06.-
Expediente N° 4.044/06.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 148/06.-
VISTO
las presentes actuaciones y, en particular la Resolución Nº 041-06, por la cual
la Sra. Decana de la FACULTAD DE HUMANIDADES autoriza a las estudiantes de la
carrera de Antropología María Cecilia ESPINOSA y Citlali DOLJANIN, a realizar
estudios en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil del CRISCOS; a la
vez que solicita la convalidación por parte de este Cuerpo, y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad
Nacional de Salta, mediante Resolución CS Nº 468/05, quedó incorporada como
Miembro del “Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión
Centro-Oeste de Sudamérica (CRSCOS)”.
Que el Programa de
Movilidad Estudiantil CRISCOS permite el reconocimiento académico por parte de
la universidad de origen, de los estudios realizados por el estudiante en la
universidad de acogida, no necesariamente en base a la identidad de contenidos
sino a la convergencia de esquemas de formación.
Por ello, en
uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la
Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 048/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Sexta Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2006)
R
E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º. Convalidar la Resolución H. Nº 041/06, emitida por la Sra. Decana
de la Facultad de Humanidades.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado,
Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular,
UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - DR. CARLOS A. CADENA